18.3 C
Moquegua
19 C
Ilo
0.9 C
Omate
15.3 C
Arequipa
18.3 C
Mollendo
23 noviembre, 2024 12:38 am

Nuevo estado democrático funcional y vecinal

Por: Edgard Norberto «Beto» Lajo Paredes   

Del Estado clásico de tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial; evolucionemos al nuevo Estado de tres sectores: Público, Privado y Sociedad Civil. Aquél involucra sólo al Sector Público, deja de lado al Sector Privado y margina, a la Sociedad Civil.

AVANCES AL NUEVO ESTADO

Hay avances: incorporación limitada del Sector Privado e inclusión restringida de la Sociedad Civil, en el Foro del Acuerdo Nacional, ahí están partidos políticos, gremios empresariales, centrales sindicales, congregaciones religiosas y otras organizaciones; tiene secretaría técnica, se reúne de vez en cuando, sus propuestas no son vinculantes. Sugerimos, insertar, dicho Foro, en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, como órgano consultivo de la Presidencia del Consejo de Ministros, otorgando obligatoriedad de cumplimiento a sus propuestas, siempre y cuando, sean aprobadas por unanimidad. Existe el Consejo Nacional de Trabajo, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, lo preside el ministro, lo integran gremios empresariales y centrales sindicales. Es necesario revisar su normatividad y mejorarla, a fin, asegurar la asistencia y participación de sus integrantes, señalar plazos para consensuar, si no es posible, el Ministerio se pronuncie, en base a las opiniones alcanzadas. Evaluar la creación del Congreso Económico o Técnico Nacional, con representación del Sector Público (tres poderes), Sector Privado (empresarios y trabajadores) y Sociedad Civil (vecinos, consumidores, grupos vulnerables); agregar al CEPLAN y Consejo Fiscal, para garantizar una buena gestión gubernamental.

La Sociedad Civil, está considerada, en los gobiernos regionales y locales: Presupuesto Participativo y Consejos de Coordinación Regional / Local; reconociendo la desilusión ciudadana, a revertir, por la nula capacidad de estos espacios de concertación, hacer efectiva su participación, capacitándola y promoviéndola.

CONDICIONES DEL AUTOGOBIERNO VECINAL

Proponemos, potenciar los Gobierno Locales, con el Autogobierno Vecinal, en urbanizaciones o AA. HH, progresivamente. Los ciudadanos, del siglo XXI, están más reconocidos en sus derechos fundamentales, con más opciones para expresarse (medios de comunicación, redes sociales) e informarse (TIC); existen Juntas Vecinales Comunales, de Seguridad Ciudadana, cuyas directivas, gestionan, ante municipalidades y otras instancias, servicios públicos locales; ejecución de obras; brindan su propia seguridad, organizándose o contratando vigilantes, etc. Es cuestión de darles institucionalidad e incentivar su dinamismo.

El Autogobierno Vecinal, no requiere cambiar la Constitución, la actual Legislación lo permite: “Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación” (art. 31 Const.); Ley Orgánica de Municipalidades (arts. 111 al 122); Ley del Procedimiento Administrativo General (arts. 192 al 196); Ley de Bases de la Descentralización (art. 6); Ley Marco del Presupuesto Participativo (Principios Rectores, arts. 1 al 3); Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (arts. 1 al 7); Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (arts. 1 al 12); Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (arts. 15 y 16); Ley que Autoriza la Ejecución de Intervenciones en Infraestructura Social Básica, Productiva y Natural mediante Núcleos Ejecutores (arts. 1 al 10); Resolución de Contraloría N° 432-2023-CG Aprueba Directiva N° 017-2023-CG/GMPL “Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa” (Sexta Disposición Complementaria Final); Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (arts. 8.1; 11-A); Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (arts. 14; 19.7).

EL PODER DEL VECINO

Tenemos: “El Poder de vecinos ciudadanos y administrados”, texto en PDF, exponemos, el poder de decisión gubernamental está en los vecinos, es cuestión de conocer e implementar la normatividad supracitada, mediante talleres de preparación, con Municipalidades y ciudadanos interesados, luego, iniciar, en alguna urbanización o asentamiento humano, el Autogobierno Vecinal (proyecto piloto). Más que cambiar la Constitución, cambiemos nosotros; no pidamos a los otros, gobiernen bien, ejerzamos bien, nosotros mismos, el autogobierno vecinal.

Artículo anterior
Artículo siguiente

Análisis & Opinión