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22 noviembre, 2024 8:00 pm

La reforma judicial, también desde los otros actores

Es conocido que los tribunales de ética de los colegios de abogados rara vez sancionan a un abogado por corrupción o soborno”; un gran esfuerzo, por corregir el sistema de justicia, sin descuidar ámbitos pocas veces focalizados.

POR: VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS      

Luego que el Gobierno decretara feriado este pasado lunes 11 de octubre, en lo que respecta a la administración de justicia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que en los casos “de reo en cárcel deben de atenderse con normalidad”; sin embargo, en Huaraz, dos defensores públicos, no se conectaron y frustraron la audiencia de juicio oral -vía virtual-, respondiendo que al ser feriado no van a intervenir, motivando un fuerte llamado de atención de dicho Juzgado Penal.

Se trataba de un proceso penal con personas privadas de su libertad, donde se dilucida ese preciado derecho y es necesaria la defensa técnica de profesional especialista, que deben brindarla los Defensores Públicos, servidores del Estado, para no estar en indefensión. Claro que es un caso particular, pero no corresponde este tipo de conductas omisivas e irresponsables, cuando reclamamos al unísono, un sistema de justicia oportuno, diligente, eficaz, justo.

Cuando el Tribunal Constitucional se definió por las sentencias interlocutorias denegatorias o rechazo liminar-caso Vásquez Romero, en calidad de precedente vinculante-, una suerte de ineludible filtro, que permita determinar qué casos deberían o no ser atendidos por esta alta instancia jurisdiccional, ante la sistemática recurrencia, cual si fuera una instancia ordinaria más, desnaturalizando su carácter excepcional y especial, generando en muchos casos expectativas legítimas en los justiciables, a sabiendas de algunos abogados, se consideró necesario acotarlo.

En muchas demandas si bien se invocaban derechos fundamentales, pero sin argumento de la afectación o “completa carencia de fundamento”, lo que tuvo como consecuencia el imposibilitar la oportuna atención de otros casos donde hay una evidente afectación y perjudicando un desarrollo normal de la justicia constitucional.

Estos apuntes iniciales, nos permiten visualizar que la anhelada reforma del sistema de justicia, no debe visualizarse sólo al interior de los fueros judiciales, la magistratura, sus mecanismos de control, los procesos, los necesarios avances tecnológicos sino también en su actor más importante, los justiciables, mejor dicho, quienes asumen la defensa judicial de los ciudadanos, los abogados. Con mucha ecuanimidad alguien nos reclamaba, no vea la reforma de justicia de la ventanilla o mesa de partes judicial para adentro, sino también de los que están fuera de ella.

No dudamos de la probidad, competencia, aptitud, responsabilidad de gran parte de ellos; pero es innegable que existen también de los otros; tan cierto es, que en julio del 2018, la comisión consultiva, denominada Comisión de Reforma del Sistema de Justicia, propuso dentro de sus medidas urgentes el proyecto de ley para Incentivar la probidad en el ejercicio de la abogacía, y refería en su sustento que una reforma de justicia no puede llevarse a cabo sin adoptar medidas respecto al “papel corruptor de los abogados y de los estudios de abogados(algunos).

Es conocido que los tribunales de ética de los colegios de abogados rara vez sancionan a un abogado por corrupción o soborno”; un gran esfuerzo, por corregir el sistema de justicia, sin descuidar ámbitos pocas veces focalizados. Como no hacernos eco, del necesario fomento de la probidad en el ejercicio y especialmente formación profesional de los abogados, no pasando por alto el fundamental rol social que desempeñan y cuando se evidencia que ese mal estructural, la corrupción, también esta inserta en el sistema judicial.

Entonces, tan válido hoy, se priorizaron tres ejes: la formación ética de los estudiantes de las facultades de derecho, la responsabilidad de los Colegios de Abogados para promover el ejercicio ético de tan noble profesión y un rol activo, dinámico en la prevención y sanción de las inconductas y malas prácticas.

Lamentablemente, dicha iniciativa legal, como tantas otras quedaron en las buenas intenciones, en el proceso legislativo se distorsionaron sus contenidos, propiciando que el Poder Ejecutivo observe la autógrafa y no tengamos ley. Es decir, la seriedad, el esfuerzo, la buena voluntad, las justas expectativas hacia una reforma de justicia integral, tan necesaria en un país con necesidades urgentes y que debe atender estos problemas básicos, por apatía y desidia política, una vez más en el archivo. Debemos revertir esa absurda lógica, de actuar reactivamente, no esperar que una nueva grave denuncia de corruptela judicial reanime esos adormecidos impulsos de justicia. Los problemas estructurales, aquí encontramos nuestro sistema de justicia, demandan oportunidad y voluntad política.

Análisis & Opinión