POR: BETO LAJO PAREDES
Es nuestro derecho gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de nuestra vida (art. 2.22 Const.). Es obligación del Estado, brindarnos tal derecho, pues es su deber: proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, la contaminación es una amenaza (art. 44 Const.); además, determinar la política nacional del ambiente; promover el uso sostenible de sus recursos naturales; conservar la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas, incluye a los Ecosistemas, en especial los ecosistemas frágiles, en cada distrito indagar si tiene ecosistemas frágiles para cuidarlos (arts. 67 y 68 Const.). Y, los Gobiernos Locales, son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de medio ambiente y sustentabilidad de los recursos naturales (art. 195.8 Const.)
MUNICIPALIDAD Y MEDIO AMBIENTE
El concejo municipal tiene la atribución de aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos (art. 9.7 LOM); le corresponde al alcalde someter al concejo municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local (art. 20.13); en cuanto a protección y conservación del ambiente, ejercen funciones de: formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en: materia ambiental; frente al cambio climático; proponer la creación de áreas de conservación ambiental; la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles (art. 73.3).
Son funciones de las municipalidades provinciales: regular y controlar el proceso de disposición final de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales; regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente (art. 80.1). Son funciones de las municipalidades distritales: proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; regular y controlar el aseo, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales (art. 80.3); promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente (art. 82.13). Las municipalidades en zonas rurales, tienen a su cargo la promoción de la gestión sostenible de los recursos naturales: suelo, agua, flora, fauna, biodiversidad, con la finalidad de integrar la lucha contra la degradación ambiental con la lucha contra la pobreza y la generación de empleo (art. 141).
SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL
Constituye un conjunto de componentes humanos, administrativos y normativos que llevan a cabo la formulación de la política ambiental, así como la planificación, instrumentación, control, evaluación y seguimiento de las acciones de protección, conservación del ambiente y el manejo sostenible de los recursos naturales; se lleva a cabo, a través de un proceso participativo en coordinación con las instancias nacionales, regionales y provinciales y con la sociedad civil organizada; para lo cual es necesario conformar la Comisión Ambiental Distrital/Provincial, de articulación intersectorial e intermunicipal e intergubernamental, con participación de la sociedad civil.
PLAN DE ECOEFICIENCIA INSTITUCIONAL
Cada Municipalidad, debe tener su Plan de Ecoeficiencia Institucional; de la aplicación de medidas, informar mensualmente, al concejo municipal y al Ministerio del Ambiente (D.S. N° 009-2009-MINAM, modificado por el D.S. N° 011-2010-MINAM). El mismo contempla Medidas de Ecoeficiencia (ahorro de papel, adecuado uso del agua, correcto consumo de energía eléctrica y otros); también Estrategias (compromiso de la alta dirección, institucionalización de las medidas, evaluación de las medidas, priorización de la comunicación electrónica, sensibilización y capacitación constante); incluir Actividades de Monitoreo (monitoreo de implementación, monitoreo periódico, reporte de avance, evaluación y resultados); finalmente, la Gestión Ambiental propiamente dicho (campañas contra la emisión de ruidos molestos, de control y monitoreo de gases tóxicos, control y monitoreo de radiación ultravioleta, charlas sobre contaminación ambiental).
Ciudadanos y ciudadanas ¿Cuál es el Plan de Ecoeficiencia de las entidades públicas y Juntas Vecinales de tu distrito?