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Publican en El Peruano Ordenanza que crea el Fondo Regional de apoyo económico y social 

Publican en el diario oficial El Peruano la Ordenanza Regional Nro. 18-2023-CR/GRM de fecha 22 de diciembre del 2023 que crea el Fondo Regional de apoyo económico y social del Gobierno Regional de Moquegua, para la población de niños, jóvenes y adultos que destaquen y representen a la Región Moquegua en artes, ciencias, cultura y deporte.

En su artículo primero, “se dispone crear el Fondo Regional de apoyo económico y social del Gobierno Regional de Moquegua para la población beneficiaria de todos los grupos etarios de la región Moquegua, basados en capacidades y habilidades destacadas y/o sobresalientes en artes, cultura, ciencias y deportes, en un contexto de inclusión, interculturalidad, equidad; mediante subvenciones y estímulos económicos, propiciando la promoción y desarrollo de las actividades artísticas, interculturales, científicas y deportivas como factores coadyuvantes a la formación y desarrollo integral de la persona; con la participación en diferentes certámenes y competencias nacionales e internacionales debidamente acreditadas por entidades pertinentes en representación de la región Moquegua”.

Los beneficios antes citados son de alcance a las organizaciones estrictamente deportivas y culturales sin fines de lucro que cuenten con personería jurídica.

El fondo se constituye con recursos provenientes de pagos parciales por derecho de superficie de bienes de propiedad del Gobierno Regional de Moquegua. Donaciones, trasferencias y otros.

La custodia de los recursos que constituyen el fondo estará a cargo de un fideicomiso cuya empresa fiduciaria deberá contar con el reconocimiento de la Superintendencia de Banca y Seguros.  

Conformar el directorio regional para la administración del fondo de fideicomiso, el cual estará integrado por cinco (5) representantes: El/la Gobernador/a del Gobierno Regional de Moquegua quien preside. El/la Gerente Regional de Desarrollo Social. El/la director/a de la Dirección Regional de Educación. El/la presidente/a del Consejo Regional del Deporte de Moquegua – Instituto Peruano del Deporte. El/la director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Moquegua – Instituto Nacional de Cultura. El Consejo Regional de Moquegua en el marco de sus competencias de fiscalización, realizará actividades de veeduría y monitoreo del cumplimiento de la finalidad del fideicomiso por administración.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Se encarga al ejecutivo regional bajo responsabilidad la reglamentación de la presente ordenanza en un plazo máximo de 30 días calendarios de publicada la presente Ordenanza Regional, recopilando conjuntamente los aportes de la sociedad civil involucrada en torno a la materia de esta norma.

Se autoriza a la Gobernadora Regional la suscripción de los actos jurídicos y contractuales necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.

Disponer que los recursos directamente recaudados provenientes de pagos parciales por derecho de superficie de bienes de propiedad del Gobierno Regional de Moquegua queden intangibles e inembargables desde la fecha de publicación de esta norma.

Derogar la Ordenanza Regional Nro. 017-2014-CR/GRM. La presente Ordenanza Regional entrará en vigor a partir del día hábil siguiente de su publicación conforme a Ley.

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