El Gobierno declaró el estado de emergencia, por 60 días calendario, en 161 distritos de 16 departamentos por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación.
El Decreto Supremo 008-2023-PCM, publicado en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, precisa que los distritos están ubicados en los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco, San Martín, Tacna y Ucayali.
Los respectivos gobiernos regionales y locales con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerios de Salud; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Desarrollo Agrario y Riego; de Transportes y Comunicaciones; del Interior y de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas ejecutarán las medidas y acciones necesarias.
DISTRITOS EN MOQUEGUA
En Moquegua, los distritos de Chojata, Ichuña, Matalaque, Puquina y Ubinas (General Sánchez Cerro), Cuchumbaya, Moquegua, Samegua, San Cristóbal y Torata (Mariscal Nieto). En Pasco, Santa Ana de Tusi, Vilcabamba y Yanahuanca (Daniel Alcides Carrión), Paucartambo (Pasco).
DISTRITOS EN AREQUIPA
En Arequipa, los distritos de Polobaya y Vítor (Arequipa), Choco (Castilla), Cabanaconde, Huambo, Lari, Lluta, Sibayo (Caylloma), Cayarani y Chuquibamba (Condesuyos), Pampamarca (La Unión). En Ayacucho, Huac-Huas, Lucanas, Ocaña, Otoca, Puquio, San Pedro, San Pedro de Palco y Sancos (Lucanas), Coracora (Parinacochas), Lampa y Pausa (Páucar del Sara Sara).
EN TACNA
Candarave (Candarave), Ilabaya (Jorge Basadre), Pachía y Palca (Tacna); en la región Ucayali, Callería, Masisea, Nueva Requena y Yarinacocha (Coronel Portillo).
Las acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo con las necesidades y elementos de seguridad que se presenten durante su ejecución, sustentadas en estudios técnicos.
El decreto supremo lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte y es refrendado por el jefe del Gabinete Ministerial y los ministros de Salud, de Vivienda, de Desarrollo Agrario y Riego, de Transportes y Comunicaciones, del Interior y de Defensa.