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Otass respalda modificatoria de la Ley 1280 que propone mejoras para las EPS

Propuesta legislativa que impulsa el MVCS enfatiza urgente necesidad de fortalecer a las EPS, impedidas de ofrecer servicios efectivos ni cerrar brechas por bajas tarifas.

La modificatoria de la Ley 1280, que impulsa el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) cuenta con el respaldo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), entidad a cargo de la administración temporal de 18 EPS en 11 regiones del país.

Así lo afirmó el director ejecutivo del organismo, Carlos Benites Saravia, quien enfatizó en la necesidad urgente de fortalecer a las empresas en todo el país, ya que estas enfrentan desafíos económico-financieros que impactan negativamente en la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Tras rechazar el comunicado emitido por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) en relación con las modificaciones propuestas al DL 1280, Benites Saravia, señaló que las tarifas actuales, aprobadas por el regulador, no permiten a las EPS cubrir eficientemente los costos necesarios para ofrecer servicios efectivos ni cerrar las brechas de acceso para la población desatendida.

“Sin menoscabar la autonomía de Sunass y bajo la premisa de proteger el derecho al agua de todo peruano y de las empresas prestadoras a contar con recursos que les permitan ser sostenibles, recalcamos la importancia de establecer tarifas basadas en criterios técnicos estrictos para garantizar servicios de calidad tanto para la población actual como para aquellos sin acceso”, dijo Benites.

MEJORAS PARA LAS EPS Y EL SECTOR

Para el directivo, es necesario reconocer las limitaciones del modelo empresarial y regulatorio actual, a fin de implementar medidas que atiendan una demanda ciudadana largamente postergada, realizando los cambios normativos y organizacionales que sean necesarios.

Respecto a la “política de entregas económicas”, no es cierto que ésta afecte la función reguladora y de determinación de tarifas a cargo de la SUNASS, ni mucho menos implica el reajuste de las mismas, pues su aplicación corresponde únicamente al ámbito de los gobiernos locales.

“Consideramos que las propuestas de modificación al DL 1280 aportarán decisivamente a mejorar la eficiencia de los prestadores de servicios y del regulador para garantizar servicios de agua potable y saneamiento de calidad a precios justos”, anotó.

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