Momentos decisivos suceden en relación al proyecto minero Tía María en la provincia de Islay

Conozca en este informe el contexto en el cual se aprobó la aplicación del certificado ambiental del EIA del proyecto minero que vencería el 2 de agosto de 2019.

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Faltan 39 días para que venza el plazo de la vigencia de la Certificación Ambiental que aprobó el EIA del proyecto minero Tía María de la empresa Southern Peru Copper Corporation y que fue resuelto y ampliado por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) por única vez y por dos años más contados a partir del 2 de agosto de 2017.

NUEVO EIA

Como se ha conocido durante las últimas semanas el tema ha recobrado relevancia, puesto que, si la empresa minera no inicia los trabajos de ejecución del proyecto, al no obtener la licencia de construcción por parte del Gobierno; Southern tendrá que volver a elaborar un nuevo estudio de Impacto Ambiental, lo cual irrogaría más gasto y retraso de la inversión del proyecto minero.

Todo este contexto ha generado diversas manifestaciones en la provincia de Islay, inclusive se maneja la posibilidad, según algunos dirigentes, que, si el Gobierno otorga licencia de construcción al proyecto, se convocaría a una paralización, con la que se pueden reavivar sucesos de violencia como los ocurridos el 2015, donde hubo un lamentable saldo de cinco fallecidos.

No obstante, hoy la población de la provincia de Islay con sus seis distritos está dividida, donde hay quienes apoyan el desarrollo del proyecto minero y quienes se oponen.

La situación sigue expectante, más aún con el anuncio de la visita a la provincia de Islay del presidente del Consejo de Ministros, Salvador Del Solar para la instalación de una mesa de diálogo, con la consecuente llegada del presidente Martín Vizcarra.

El proyecto minero Tía María de propiedad de Southern Peru tiene un nivel de inversión de 1,400 millones de dólares y se estima generar hasta 120 mil toneladas de cobre.

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 168-2017-SENACE/DCA

No obstante, cabe recordar el contexto en el cual se dio esta ampliación de la Certificación Ambiental que aprobó el EIA y que concluye el 2 de agosto de 2019.

Esta medida fue emitida en la Resolución Directoral Nº 168-2017-SENACE/DCA el 6 de julio de 2017, en la cual menciona que Southern Peru, solicitó el 8 de junio de ese año, la ampliación de la vigencia de dicha certificación ambiental que fue aprobada por Resolución Directoral Nº 392-2014-MEM/DGAAM, el 1 de agosto de 2014.

HACER CLIC AQUÍ PARA VER LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 168-2017-SENACE/DCA

INFORME Nº 151-2017-SENACE-J-DCA/UPAS-UGS

La resolución del Senace, firmada por Nancy Chauca Vásquez, directora de Certificación Ambiental, toma como referencia el Informe Nº 151-2017-SENACE-J-DCA/UPAS-UGS, en el que explican los motivos por los cuales la empresa minera solicita esta ampliación.

De acuerdo al informe, el pedido de Southern se sustenta en la suspensión de su solicitud de otorgamiento de concesión del proyecto Tía María, que fue iniciado con expediente Nº 2443500 a través de la Resolución Nº 515-2017-MEM-DGM/V, en donde se señala el auto cautelar del Cuarto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo Permanente de la Corte Superior de Lima, que resolvió ordenar al Ministerio de Energía y Minas (MEM) abstenerse de continuar el trámite y/o emitir un pronunciamiento sobre la concesión del proyecto Tía María en favor de Southern Peru.

Además, se agrega que, el argumento que sostiene Southern, es que no ha podido concretar el inicio de actividades de construcción de su proyecto, precisamente por los hechos ocurridos, los cuales se relacionan a una presunta superposición de áreas (terrenos) de su proyecto con la concesión minera “Vania” con la cual finalmente resolvió dicho problema en abril de 2018. Este argumento, fue considerado por el Senace, como “caso fortuito o de fuerza mayor”.

HACER CLIC AQUÍ PARA VER EL INFORME Nº 151-2017-SENACE-J-DCA/UPAS-UGS

DATO

“La Certificación Ambiental pierde vigencia si dentro del plazo máximo de tres (03) años posteriores a su aprobación, el titular no inicia las obras para la ejecución del proyecto. Este plazo puede ser ampliado por la DGAAM por única vez y a pedido del titular sustentado técnicamente antes de su vencimiento, hasta por dos años adicionales…” – artículo 36 del Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades Mineras.

DATO

El Senace, es un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica adscrito al Ministerio del Ambiente. Se encarga de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y sus normas reglamentarias, entre ellas la Certificación Ambiental y otras facultades más que le trasfirió el MEM desde el 28 de diciembre de 2015.

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