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23 noviembre, 2024 7:27 am

Martín Vizcarra: audiencia por coima en Lomas de Ilo y Hospital Moquegua será presencial

Asimismo, la jueza Margarita Salcedo resolvió a favor de la oposición del Ministerio Público al viaje de Martín Vizcarra y decidió no autorizar "el desplazamiento del mencionado procesado".

La audiencia de control de acusación contra el ex presidente Martín Vizcarra de virtual se reanudará este martes 14 de noviembre a las 10:30 a.m. en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y será de manera presencial.

El exmandatario enfrenta acusaciones de presuntos actos de corrupción durante su tiempo como presidente regional de Moquegua. Se le acusa de recibir supuestos sobornos de empresas vinculadas al caso ‘Club de la Construcción’ a cambio de los proyectos Lomas de Ilo y la construcción, ampliación y mejora del Hospital Regional de Moquegua. En consecuencia, el Tercer Despacho del Equipo Especial Lava Jato, liderado por el fiscal Germán Juárez Atoche, ha solicitado una condena de 15 años de prisión para Martín Vizcarra por el delito de cohecho pasivo propio.

La audiencia se llevará a cabo en el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Poder Judicial a cargo de la juez Margarita Salcedo.

DENIEGAN VIAJES A MARTIN VIZCARRA

El Poder Judicial ha rechazado la solicitud del expresidente Martín Vizcarra de viajar a cuatro regiones del país para llevar a cabo actividades relacionadas con su partido Perú Primero.

Esta decisión ha sido tomada por la jueza del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Margarita Salcedo, quien ha denegado la autorización requerida por el exjefe de Estado para visitar Loreto, Piura, Áncash e Ica, durante los meses de noviembre y enero de 2024, en calidad de presidente honorario y portavoz de su agrupación política “Perú Primero”.

BAJO MANDATO DE COMPARECENCIA CON RESTRICCIONES

Cabe destacar que Vizcarra Cornejo se encuentra bajo mandato de comparecencia con restricciones, lo que significa que debe cumplir con ciertas reglas de conducta, una de ellas es la prohibición de salir de la localidad en la que reside sin autorización previa de la autoridad judicial.

En este sentido, la defensa del expresidente solicitó que se le permitiera realizar los viajes mencionados, invocando el artículo 35 de la Constitución, que garantiza el derecho ciudadano a participar en organizaciones políticas.

Sin embargo, la jueza Salcedo Guevara señaló que Martín Vizcarra se encuentra políticamente inhabilitado por un período de 5 años, según lo establecido en la Resolución N.° 0094-2023-JNE, que le prohíbe inscribirse como fundador y presidente ejecutivo del partido político Perú Primero.

«En este contexto, podemos analizar que el investigado pretende realizar los viajes solicitados argumentando su libertad para ejercer su derecho político, consagrado en el artículo 35 de la Constitución Política del Perú. Sin embargo, dicho derecho ya ha sido limitado por la inhabilitación política impuesta por el Congreso de la República. Este concepto ha sido trabajado por el Tribunal Constitucional y debe ser considerado por este tribunal, ya que establece jurisprudencia vinculante», afirmó la jueza.

Además, la jueza indicó que no se observa ninguna separación o desvinculación por parte del imputado con el partido político, sino todo lo contrario, se evidencia una participación y representación activa reconocida por el Comité Ejecutivo Nacional y aceptada por Martín Vizcarra. Esto demuestra la intención del imputado de contravenir la inhabilitación política impuesta.

Por lo tanto, la jueza resolvió a favor de la oposición del Ministerio Público al viaje de Martín Vizcarra y decidió no autorizar «el desplazamiento del mencionado procesado».

Análisis & Opinión