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22 noviembre, 2024 3:38 am

La vacancia y pedido de elecciones

POR: ABOGADO CÉSAR MARÍN CÁCERES   

El día 7 de diciembre será recordado como un día muy especial en el cual el presidente Pedro Castillo antes de que se lleve a cabo su defensa de la vacancia en el Congreso, dio lectura a un mensaje indicando que disolvía el Congreso, intervenía el Poder Judicial, Ministerio Público y el Tribunal Constitucional y decretaba un toque de queda para las diez de la noche etc. Luego fue detenido por haber cometido el delito de rebelión

Aunque la defensa de Pedro Castillo en este caso señala que solo se ha limitado a leer un comunicado público y no tiene relación con la descripción del delito de rebelión descrito en el Código Penal, este delito se describe como levantarse en armas  para  variar la forma de gobierno, deponer el gobierno legalmente elegido o suprimir  o modificar el régimen constitucional, es decir que Castillo no se levantó en armas, sobre todo que el anuncio de cierre del Congreso y otras medidas no se hicieron efectivas.

Pero al leer ese comunicado, es que se ha considerado que ha dado un “golpe de estado” y es por ello que le ha facilitado que se sumen más votos para la vacancia por parte de algunos congresistas que no tenían definido su voto para la vacancia. La Fiscalía Suprema ha pedido la detención preliminar porque considera que existe peligro de fuga porque el expresidente Castillo había pedido asilo político a México y fue detenido por su escolta cuando se dirigía a la embajada de México acompañado de su esposa y sus hijos.

Considero que Castillo no debió dar lectura a ese comunicado, debió  esperar el resultado de la votación de la vacancia de las tres de la tarde, ver si logran conseguir los 87 votos, lo cual no estaba asegurado, y si no lograban los 87 votos y lo suspendían podía interponer una demanda de amparo en contra de dicha resolución legislativa ya que según el artículo 114 de la Constitución solo procede suspender a un presidente por incapacidad física o psíquica o por tener un proceso judicial del artículo 117 de la Constitución lo cual no ha sucedido.

Ante los hechos ocurridos, como es la vacancia de Pedro Castillo y su posterior detención preliminar un gran sector de ciudadanos piden el adelanto de elecciones, al respecto existe encuesta del IEP que reveló que si Pedro Castillo ya no estaba en la presidencia es decir si lo vacaban o lo suspendían, un 86 por ciento de los ciudadanos prefería elecciones generales. Al asumir el mando Dina Boluarte en su primer mensaje del 7 de diciembre en el Congreso dijo que iba a completar el período hasta el 2026, pero ante las protestas surgidas al día siguiente no descartó adelantar las elecciones.

Pero si ella renunciaba y no aceptaba el cargo, el presidente del Congreso asumía funciones presidenciales y tenía que convocar a elecciones generales. Ahora para que haya adelanto de elecciones se tiene que llegar a un acuerdo entre la presidenta Dina Boluarte y el Congreso, para que se corten el mandato, de esa forma se pueda modificar la Constitución recortándose el mandato y luego se convoca a elecciones generales.

Análisis & Opinión