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La “técnica” de la puerta giratoria y la corrupción de funcionarios públicos que favorecen a empresas privadas

POR PHD DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA     

Gravísima es la denuncia que vincula a empresas privadas y funcionarios públicos que después de trabajar en el sector público terminan laborando para el sector privado o que trabajando para el sector privado hacen de funcionarios públicos para indirecta o directamente promover intereses privados.

Cuando se dice que se colocan a funcionarios de la empresa privada o de su entorno en cargos de funcionarios públicos y verse favorecidos con leyes, compras, adquisiciones en otras palabras hacer mejor negocio con el estado y de esa manera continuar con una distribución de la riqueza que los deja en una mejor posición de dominio. Es lo que refiere el Proyecto de Ley 572/2021-GR.

El proyecto de ley 7805-2020 de la cadena perpetua para corruptos fue archivada por el Congreso, Congreso actual que no ha querido tocar las sobre ganancias mineras y otros en el Perú. Este proyecto señalaba que la corrupción destruye la democracia, genera pobreza y transgrede los derechos fundamentales de la persona humana y es lo más perverso que actualmente se genera en la sociedad. Y una de las modalidades es precisamente los funcionarios de la puerta giratoria.

El Perú actualmente es percibido con alta corrupción. De 180 países se ubica en el puesto 101 y en América latina ocupa el quinto lugar. Se debe recordar que los países latinos con menos corrupción son Uruguay y Chile con una percepción de 29% y 33%, el Perú tiene una percepción de 64% de corrupción. Ni hablar de Venezuela donde la percepción es del 84%, Bolivia con 69% de corrupción.

Ya sabemos que en el año 2019 y 2020 Nelson Shack, contralor de la República, manifestó que los corruptos se llevaron 23 mil millones de soles, que representa el 15% del presupuesto público y el 3% del PBI peruano. Y queda claro por parte de la contraloría que 7017 funcionarios han sido sancionados por responsabilidad penal.

¿COMO EMPIEZA EL FUNCIONARIO PÚBLICO HACERSE DE “PUERTA GIRATORIA”?

En la OCDE consideran que la mayoría de los conflictos posteriores al empleo público ocurren cuando los funcionarios públicos utilizan información o contactos adquiridos mientras están en el gobierno o sector público, para beneficiarse a sí mismos o a otros después de dejar el gobierno (por ejemplo, tomar una decisión sesgada en beneficio de un posible futuro empleador). (Proyecto de Ley 572/2021-GR)

Conozcamos algunos casos de “puertas giratorias” en el gobierno peruano (proyecto de ley 572/2021-gr)

CASO 1

La puerta giratoria ha estado presente desde el año 1990 en nuestro país, y eso lo dio a conocer la «Comisión Investigadora encargada de analizar los delitos económicos-financieros perpetrados en el período 1990 al 2001 en el proceso de privatización, el uso de los recursos del Estado para el salvataje de empresas bancarias, licitaciones públicas, el uso de recursos públicos para conformar una red de corrupción, uso de la SUNAT y ADUANAS como mecanismo de chantaje y presión o de evasión tributaria y el mal uso de donaciones y otras ayudas recibidas del Congreso de la República.

CASO 2

Que, en su sesión del 9 de abril del 2002, se alertaba sobre los riesgos que significaba la práctica de la puerta giratoria, es así que el empresario Dionisio Romero Seminario revelaba que varios exgerentes del Banco de Crédito del Perú, habían trabajado en el Ministerio de Economía y Finanzas.

Dentro de los casos más sonados, de la puerta giratoria se dieron en el Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, en donde varios ministros tenían relación con las empresas privadas del sector en donde asumían el cargo público.

CASO 3

Gonzalo Tamayo — Exministro de Energía y Minas (28/08/16 al 27/07/217) hasta el 15 de julio del 2016 fue gerente general de Macroconsult, consultora de negocios que ha brindado servicios a la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, las empresas mineras como Yanacocha, Volcán y Glencore, a empresas del sector hidrocarburos como Pluspetrol y Transportadora de Gas del Perú (TCP) y al propio MINEM.

CASO 4

José Manuel Hernández Calderón — Exministro de Agricultura y Riego del Perú (28/07/16 al 09/01/18) fundó la empresa Hidroeléctrica Pucamarca S.A.C en el año 2014, y en enero del 2015 obtuvo permisos por parte del ANA (Autoridad Nacional del Agua) entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, para ejecutar estudios de aprovechamiento hídrico.

CASO 5

Alfredo Thorne — Exministro de Economía y Finanzas (28/07/16 al 21/06/17), fue director de la AFP Prima y una de sus propuestas era reformular el sistema previsional (pensiones),

CASO 6

Tal es el caso de la Resolución 072-2020/CEB-INDECOPI que declara barrera burocrática ilegales los «octógonos» en los anuncios publicitarios. La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB), tiene como miembros a los señores Luis Ricardo Quesada Oré (presidente), Gonzalo Zegarra Mulanovich (vicepresidente), Carlos Enrique Mendoza Gutiérrez (Miembro de Comisión) y José Carlos Velarde Sacio (Miembro de Comisión). Los comisionados Gonzalo Zegarra Mulanovich y Carlos Enrique Mendoza Gutiérrez votaron en contra del Ministerio de salud y en favor de las industrias de alimentos.

El señor Carlos Mendoza Gutiérrez, fue gerente general de la Sociedad Nacional de Industria desde el año 2015 hasta abril del 2019, y es en junio del 2019 cuando ingresa a la CEB. El señor Gonzalo Zegarra Mulanovich es presidente de la consultora Azerta, que tiene como cliente a Coca Cola.

Como puede apreciarse, ambos funcionarios habrían tenido conflicto de intereses al momento de resolver el caso y debieron abstenerse, tal como lo prevé el artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, el cual señala que los miembros de una comisión tienen la obligación de comunicar y excusarse de ver los casos cuando tuvieran algún tipo de interés, situación que para el presente no sucedió.

Los países desarrollados no permiten que los que trabajaron del sector privado laboren fácilmente en el sector público sobre todo cuando han sido proveedores.

La ex Congresista Ancalle Gutiérrez, cuando presento legislación comparada sobre la regulación de la puerta giratoria, expuso:

«La (OCDE), emitió en el 2015 el documento de trabajo denominado «Panorama de las Administraciones Públicas 2015», en el cual se desarrolla el fenómeno de las puertas giratorias, en donde se llega a las siguientes conclusiones:

1.- En todos los países miembros, a excepción de Suecia, los trabajadores del sector público tienen prohibido usar la información confidencial o reservada tras dejar el cargo.

2.- 21 de sus países miembros, es decir el 66% de ellos, establecen un periodo de «enfriamiento» o «suspensión» para que un servidor público no ingrese a laborar al sector privado.

3.- En 7 países miembros (Australia, Austria, Francia, Israel, Japón, Países Bajos y Nueva Zelanda), se han establecido restricciones al momento de la postulación del cargo público, analizando el curriculum del postulante verificando sus empleos anteriores, a fin de determinar los posibles conflictos de intereses.

PROPUESTA Y CONCLUSIÓN

¿Qué propone el (Proyecto de Ley 572/2021-GR)? Están impedidos de ser miembros de los consejos directivos, salas especializadas o integrantes de los tribunales de solución de controversias quienes, durante los últimos tres (3) años prestados hubieran ejercido el cargo de miembro de la junta de accionistas, de director, de asesor, de funcionario o de empleado, o hubieran tenido relación laboral, bajo cualquier modalidad, con las empresas privadas supervisadas, fiscalizadas o bajo control del organismo regulador o entidad a cargo.

Asimismo, están impedidos los trabajadores e integrantes de las asociaciones o gremios empresariales. La pregunta ¿el Congreso aprobara este proyecto?

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