- Clasificados -

La reforma constitucional de inmunidad y las elecciones

En caso que se pruebe la reforma constitucional sobre la inmunidad, el presidente no puede observar el proyecto de ley, solo le queda promulgar la ley.

POR: ABG. CÉSAR MARÍN CÁCERES     

En el Congreso de la República se ha aprobado en primera legislatura las reformas constitucionales en donde se señala que ya no existe inmunidad parlamentaria. Con 110 votos a favor el Pleno del Congreso aprobó la reforma constitucional que elimina la inmunidad parlamentaria y otros funcionarios como los miembros del Tribunal Constitucional y el defensor del Pueblo.

La reforma modifica cinco artículos de la Constitución 93, 99, 117, 161, 201. Se ha eliminado el antejuicio político para ministros de Estado, altos magistrados y el Defensor del Pueblo, pero no para los congresistas de este periodo y del anterior.

Esta ha sido la  primera votación, se necesita una segunda votación en donde se tiene que alcanzar 87 votos de congresistas, que es cuando recién se convertiría en ley de reforma constitucional, en caso de no se consiga los 87 votos no se aprobaría dicha reforma constitucional, algunos voceros de los partidos políticos que votaron a favor  han manifestado que van a votar en contra de la reforma y otros lo van a estudiar mejor antes de votar en esta segunda legislatura, por lo que está  en duda si se aprobará dicha reforma.

En caso que se pruebe la reforma constitucional sobre la inmunidad, el presidente no puede observar el proyecto de ley, solo le queda promulgar la ley. El Presidente de la República, los ministros y otros funcionarios como los miembros del Tribunal Constitucional y el defensor del Pueblo ya no tendrían derecho a antejuicio y podrían ser denunciados y juzgados como cualquier ciudadano, lo único que le quedaría al Presidente es interponer una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional en caso que se apruebe dicha reforma en el Congreso.

En cuanto a las elecciones generales del 2021, el presidente ha convocado a elecciones generales   para el 11 de abril del 2021 para elegir al Presidente de la República, los congresistas y los parlamentarios andinos.

El presidente Martín Vizcarra no podrá postular porque no hay reelección inmediata conforme lo establece el artículo 112 de la constitución política. Los actuales congresistas, que están completando el período de los congresistas que fueron disueltos, conforme a lo que establece el segundo párrafo del artículo 136 de la Constitución de 1993 tampoco podrían postular a la reelección, ya que están completando el período constitucional del Congreso disuelto.

Análisis & Opinión

ANÁLISIS Y OPINIÓN