POR ABOGADO CÉSAR MARÍN CÁCERES
El 11 de octubre se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ley 31893 Ley del Libro para favorecer la producción y distribución de libros a través de exoneraciones tributarias continuas a las editoriales. La norma complementa la anterior ley del Libro Ley 31053 aprobada en el año 2020 y vigente hasta el 15 de octubre, la cual otorgaba beneficios como exoneración y reintegro tributario del IGV, esta ley busca promover el derecho a la lectura de todos los ciudadanos, lo que se pretende es que evitar que los precios de los libros se incrementen y la producción editorial se vea afectada.
La ley permite el reintegro tributario del IGV y que la exoneración del IGV a la importación o venta de libros y productos editoriales afines se incluya en el apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, donde también se encuentran bienes de primera necesidad.
La plataforma de venta de libros Buscalibre reveló su ranking de lectura de América Latina más reciente. Según datos de la compañía, Argentina y Chile son los países de la región que más leen, con 5 libros por persona en promedio al año. Le siguen México (3,4,) Colombia (2,7) y Perú (1,2).
Como vemos tenemos un promedio de lectura de un libro de (1.2) lo cual hace necesario que se emitan este tipo de leyes que favorezcan a incentivar la lectura sobre todo si se sigue manteniendo la exoneración al IGV y del impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y que se considere como un bien de primera necesidad lo cual es muy importante.
En el tiempo de la Pandemia del COVID 19 se elevó la lectura de libros ya que no se podía salir de casa y se disponía de tiempo y se ponían a leer los libros que se habían comprado antes. Lo importante no solo es tener el libro sino tener el hábito de la lectura, lo cual se debe incentivar desde la época escolar.