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La elección de los magistrados del Tribunal Constitucional

Por: Abogado César Marín Cáceres

La semana que paso se ha caracterizado por un hecho sin precedentes al intentar el Congreso de la República nombrar a los 6 magistrados de Tribunal Constitucional (TC) a los cuales ya se les ha vencido el período de 5 años que debían estar en el cargo, conforme lo establece la Constitución Política.

En noviembre del año 2020 cuando se habían retirado unos representantes de algunas bancadas, se decidió suspender la elección de los magistrados del TC, pero el Congreso hace poco ha decido retomar la elección de los magistrados sin publicar la motivación del porqué cada candidato tiene tal calificación. Es por ello que el  abogado Walter Ayala Gonzales ha interpuesto una demanda de amparo con medida cautelar por todas las irregularidades,  la Juez Soledad Blacido Báez resolvió declarar fundada su medida cautelar y ha ordenado al Congreso que suspenda la  elección de los 6 magistrados que estaba previsto para el día 7 y 8 de julio, pero en el Congreso han decido continuar con la elección de los magistrados, sin cumplir la orden del Poder Judicial, pero no han logrado conseguir los 87 votos que se necesitan, al no acatar la orden judicial estarían cometiendo el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad.

Algunos consideraban que una resolución del Poder Judicial no podía invadir el fuero parlamentario, porque es prerrogativa del Congreso elegir a los magistrados del TC, es cierto que el Congreso tiene esa prerrogativa, pero no se les está quitando esa  facultad, lo que está haciendo la resolución de la Juez es que el proceso de elección sea regular, Si no estaban de acuerdo con la resolución judicial lo que tenían  que hacer es apelar del auto que ordena la suspensión de la elección.

Conforme al artículo 10 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que “Antes de los seis (6) meses, previos a la fecha de expiración de los nombramientos, el presidente del Tribunal se dirige al presidente del Congreso para solicitarle el inicio del procedimiento de elección de nuevos magistrados. Los Magistrados del Tribunal continúan en el ejercicio de sus funciones hasta que hayan tomado posesión quienes han de sucederles”. Con lo cual los magistrados no pueden hacer abandono de su cargo tienen que esperar ser reemplazados.

En el Perú existe un precedente vinculante (de cumplimiento obligatorio) emitido en el expediente 5854-2005-PA/TC emitido por el Tribunal Constitucional en el cual señala que nadie puede estar exento del control constitucional a través del proceso constitucional del amparo, ni el Congreso de la República, ni el Jurado Nacional de Elecciones etc. Es por ello que en el caso de Alan García cuando era investigado por la mega comisión presidido por el congresista Sergio Tejada, el Poder Judicial ordenó que se paralice la investigación y el Congreso en esa oportunidad acató el mandato judicial.

Se señala que el martes 13 de julio en el Congreso han decido continuar con la elección de los magistrados del TC, consideramos que en caso de lograr un postulante los 87 votos, en caso que vaya al Tribunal Constitucional para que lo incorpore, el TC puede deliberar negándole su incorporación argumentando que su elección era nula e ilegal.

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