La Autoridad Portuaria Nacional y su manifiesta desidia en Moquegua

Es hora que la Autoridad Portuaria Nacional deje de lado la desidia que la viene caracterizando, asuma el rol que le corresponde y haga cumplir lo establecido en la Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento.

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La Ley del Sistema Portuario Nacional, señala que la Autoridad Portuaria Regional (APR) es el órgano competente dentro del ámbito de su jurisdicción, para planificar, ejecutar y controlar las políticas de desarrollo portuario de los puertos que se encuentren en ella, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo Portuario y las disposiciones emitidas por la Autoridad Portuaria Nacional (APN)

Frente a los problemas de funcionamiento y operatividad de la APR Moquegua, fomentados equivocadamente por intereses políticos del Gobierno Regional de Moquegua, la Autoridad Portuaria Nacional en una actitud muy cómoda porque así le conviene, ha preferido mantenerse al margen, convalidando y apoyando tácitamente el supuesto acuerdo anunciado por el gobernador regional de parar la APR Moquegua, a pesar de ser la única APR a nivel nacional en actividad, en una región que posee 7 terminales o muelles portuarios que atiende todo tipo de cargas.

Este supuesto desinterés e inoperancia de la Autoridad Portuaria Nacional como órgano rector y responsable del desarrollo portuario nacional, en solucionar la ilegal paralización de la APR Moquegua, podría llevarla a estar incurriendo en supuestos delitos penales como responsabilidad civil por omisión de funciones, rehusamiento o demora en actos funcionales, ha ocasionado que la Unión Nacional de Trabajadores Marítimos y Portuarios de Ilo, las agencias de Estiba y Desestiba del Puerto de Ilo y  la Organización Regional Cívica de Defensa y Desarrollo Portuario Industrial del Puerto de Ilo, hayan hecho llegar sendos documentos al Presidente de la Republica manifestando su preocupación por el funcionamiento de la APR.

A pesar del tiempo transcurrido, es hora que la Autoridad Portuaria Nacional deje de lado la desidia que la viene caracterizando, asuma el rol que le corresponde y haga cumplir lo establecido en la Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento. La Autoridad Portuaria Nacional tiene la palabra.

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