El Gobierno Regional de Moquegua emitió la Resolución Jefatural Nro. 078-2022-ORA/ORH que impone sanción administrativa disciplinaria de suspensión sin goce de remuneraciones por 3 meses o 90 días calendarios para el ex servidor Juan Luis Herrera Chejo, por haber incurrido en la comisión de falta administrativa disciplinaria tipificada en el inciso d) del Artículo 85 de la Ley Nro.30057 Ley de Servicio Civil “La negligencia en el desempeño de funciones”.
ANTECEDENTES
El investigado Juan Herrera Chejo en su condición de ex gerente regional de Salud Moquegua, con fecha 10 de setiembre del 2018, emitió la Resolución Regional de Salud Nro. 529-2018-GERESA.MOQ-GRS, que en ese entonces resolvió rotar con fecha 10 de setiembre del 2018 a la obstetriz Zolanyell Zavalaga Coayla del centro de salud de Chojata de la Microrred de Ichuña para el puesto de salud del Mercado Central de la Microrred Mariscal Nieto.
Con fecha 20 de febrero del 2019, la servidora afectada Sonali Luz María Soaña Romero interpuso un escrito solicitando la nulidad total de la Resolución Regional de Salud Nro. 529-2018-GERESA.MOQ-GRS, por incurrir en la causal de nulidad prevista en el Art. 10, Inc. 1,2,3 y 4 de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, solicita se disponga el inicio de procedimiento sancionador para hacer efectiva la responsabilidad del emisor del acto inválido.
MEDIOS PROBATORIOS
La Resolución Regional de Salud Nro. 529-2018-GERESA.MOQ-GRS, emitida por el gerente regional de Salud en ese entonces Juan Herrera Chejo, es un documento con vicios y falta de sellos de conformidad de otras oficinas administrativas.
Asimismo, el informe Nro. 024-2018-GR-GERESA/GR-CCDP del 29 de agosto del 2018, con el que demuestra que la plaza de obstetriz para el puesto del Mercado Central no se menciona en este informe, por el cual debe ser declarado “Nulo”.
La Resolución Regional de Salud Nro. 529-2018-GERESA.MOQ-GRS de fecha 10 de setiembre del 2018, con el que demuestra, que el documento está debidamente con los sellos de visto bueno de otras oficinas de control conforme debe ser la parte administrativa, que la persona de Zolanyell Zavalaga Coayla en ningún momento es considerada en “Rotar”, por lo que debe ser considerada “Nula”.
Según el cuadro de asignación plaza bajo la modalidad de “Rotación”, Sonali Luz María Soaña Romero demuestra que la comisión encargada del proceso de rotación, firman en su conformidad (presidente, miembro de comisión y secretario de comisión), donde la suscrita aparece como “elegible” y no la beneficiada (Zolanyell Zavalaga Coayla) quien aparece en el “sexto lugar”.
Se dispone que la oficina de Recursos Humanos, registre la sanción establecida en el artículo primero de la presente resolución en el legajo personal del citado servidor (Juan Herrera Chejo); asimismo, que inscriba la sanción antes referida en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, de conformidad con el Art. 8 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nro. 092-2016-SERVIR-PE; que formaliza la modificación y aprobación de la versión actualizada de la directiva Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nro. 30057, Ley de Servicio Civil.
FIGURA CON SUSPENSIÓN VIGENTE EN SERVIR
El médico Juan Herrera Chejo, quien actualmente ocupa el cargo de director encargado del Hospital del Ministerio de Salud (MINSA) de Ilo, figura en la Consulta de Servidores Sancionados del Estado Peruano en la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR) con “suspensión vigente” con fecha de registro 25 de agosto del 2022.