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23 noviembre, 2024 10:31 pm

¿Intromisión por desconocimiento?: Autoridad Portuaria regional sigue paralizada por el GORE Moquegua

Los días pasan y el funcionamiento de la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua (APR), continúa paralizada por una ilegal orden escrita del gerente de la Sub Región Ilo Ing. Lucas Bautista. La única explicación que ha podido este funcionario, es que él recibe órdenes del gerente general regional Lic. Alberto Jiménez.

Así el presupuesto de la APR está bloqueado “hasta nuevo aviso” desconociendo que la fecha límite para incorporar los saldos de balance del ejercicio presupuestal 2018 al PIA 2019 venció el 31 de enero del presente año, según la Resolución Directoral N° 063-2012-EF/52.03 del Ministerio de Economía y Finanzas.

AMBICIONES PERSONALES

La desesperación por tomar el control de la APR para favorecer con un puesto de trabajo a un partidario del movimiento del actual Gobernador Regional, es tal que, sin respetar las normas legales y a los representantes de las Instituciones que conforman el Directorio, los están llevando a cometer una serie de irregularidades.

La APR ha cumplido con advertir la responsabilidad funcional del Gerente de la Sub Región Ilo, que dispuso la paralización del trámite normal de la incorporación del presupuesto.

Es preciso recordar que un buen día se presentó el Sr. Moisés Arce en las  oficinas de la  APR para indicar que había sido nombrado administrador de la APR, y que él se encargaría de tramitar el pago de los servicios cortados por falta de pago, desconociendo que el Gobierno Regional no tiene competencia para designar a ningún funcionario de la APR, esta es una competencia exclusiva del Directorio de la entidad, y continuando con el desconocimiento,  pretendía incorporar solo la parte del presupuesto para la cancelación de los servicios cortados.

LEY EN MANO

El Art 27° de la Ley del Sistema Portuario Nacional determina que, Las Autoridades Portuarias Regionales tienen personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía técnica, económica y financiera, depende de los Gobiernos Regionales.

El jefe de Asesoría Legal del Gobierno Regional Dr. Carlos Murillo ha declarado que “la APR es un Organismo dependiente del Gobierno Regional y así lo indica la Ley Nacional del Sistema Portuario que las autoridades portuarias dependen del Gobierno Regional” (tremendo descubrimiento), continúa diciendo que “Si bien es cierto, es una oficina descentralizada con carácter técnico y normativo autónomo, pero administrativamente depende del GRM y así está establecido”

El error de los asesores del Gobierno Regional se inicia con la interpretación del ultimo renglón sobre la dependencia de los Gobiernos Regionales.

La dependencia de la Autoridad Portuaria Regional en el Gobierno Regional de Moquegua, está establecida en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Región Moquegua, aprobado por el Consejo Regional en la Ordenanza Regional N° 016-2017-CR/GRM del 21 de diciembre del 2017.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GRM

Artículo 111 Aº.- La Autoridad Portuaria Regional de Moquegua (APR), es un organismo público descentralizado encargado del Sistema Portuario Regional del Departamento de Moquegua (SPRM), adscrita al Gobierno Regional de Moquegua, con personería Jurídica de derecho público interno y patrimonio propio, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y financiera y, facultad normativa y regulatoria en conformidad con la legislación pertinente.

En la edición de La Prensa Regional del 06 de febrero el asesor legal del GORE Moquegua aseveró que la “Autoridad Portuaria Nacional no tiene Autonomía Administrativa” suponemos que se refería a la Autoridad Portuaria Regional, quien si tiene autonomía administrativa según el Art. 111 A° del ROF.

Es tal el desconocimiento de la normatividad y competencias de cada Institución que incluso el Procurador del Gobierno Regional pretendió que se le entregara las llaves para tomar la administración en tanto se recomponga el Directorio actualmente desactivado. El Directorio no se encuentra desactivado, simplemente las nuevas Instituciones deben designar a sus representantes para ser incorporados en el Directorio de la APR.

Es momento que el Consejo Regional tome cartas en el asunto, así como la Contraloría General de la Republica.

CLICK PARA DESCARGAR ORDENANZA REGIONAL 016-2017

Análisis & Opinión