El Gobierno prorrogó el estado de emergencia nacional por el plazo de 31 días calendario a partir del 1 de agosto, debido a las circunstancias que enfrenta el país por la pandemia de la covid-19.
La ampliación fue establecida mediante el Decreto Supremo Nº 131-2021-PCM, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Durante la prórroga queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas velarán por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del estado de emergencia nacional, conforme a la normativa vigente.
La norma precisa, además, el nivel de alerta por provincia y departamentos:
Nivel de alerta moderado por departamento: Huánuco, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura y Ucayali.
Nivel de alerta alto por departamento: Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Pasco, Puno, San Martín, Tumbes y provincia constitucional del Callao.
Nivel de alerta muy alto por departamento: Arequipa, Moquegua y Tacna. Ninguna provincia se encuentra en nivel de alerta extremo, como anunció el último miércoles el Ejecutivo.
TOQUE DE QUEDA Y USO DE VEHÍCULOS
Hasta el 8 de agosto, se dispone la inmovilización social obligatoria (toque de queda) de todas las personas en sus domicilios, según el nivel de alerta por provincia y departamento.
Para el nivel de alerta moderado y alto: de lunes a domingo desde las 0:00 horas hasta las 4:00 horas; en el caso de nivel de alerta muy alto: de lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Se permitirá el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud, así como para la adquisición de medicamentos y para participar en el proceso de vacunación (incluyendo a un acompañante).
Asimismo, hasta el 8 de agosto se dispone la prohibición del uso de vehículos particulares los domingos para las jurisdicciones con nivel de alerta muy alto y extremo.
En jurisdicciones como Lima y el Callao, que se encuentran en nivel alto, sí se podrá usar vehículos los domingos hasta la mencionada fecha. [Andina]