El pasado 26 de agosto del presente año, el Directorio del Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG) acordó “la nulidad de las Resoluciones de Gerencia General N° 139-2019-GG-PERPG/GR.MOQ; N° 140-2019-GG-PERPG/GR.MOQ; N° 141-2019-GG-PERPG/GR.MOQ; N° 142-2019-GG-PERPG/GR.MOQ; N° 143-2019-GG-PERPG/GR.MOQ; N° 144-2019-GG-PERPG/GR.MOQ; y, N° 145-2019-GG-PERPG/GR.MOQ.
Dichas resoluciones autorizaron “el gasto para el pago” de los 07 laudos arbitrales a favor de la empresa OBRAINSA por un monto total de S/10´862,676.36 (diez millones ochocientos sesenta y dos mil seiscientos setenta y seis con 36/100 soles).
Asimismo, el gerente general del PERPG, Ing. David Eusebio Espinoza Apaza, no solamente autorizó el gasto para el pago millonario, sino que dispuso que la Oficina de Administración, la Oficina de Contabilidad, la Oficina de Tesorería y la Oficina de Planificación y Presupuesto del PERPG realicen los trámites y acciones administrativos correspondientes a fin de “proceder con el pago a favor del CONSORCIO OBRAINSA – ASTALDI representado por el Señor Elard Paul Alejandro Tejeda Moscoso y Fabricio Scarfo”.
Asimismo, el Directorio del Proyecto Especial Regional Pasto Grande acordó “la nulidad de los actuados y se deje sin efecto los avances y devengados del pago de los laudos arbitrales, por lo que debe cursarse los documentos pertinentes para que se deje sin efecto las resoluciones”
Al respecto debemos de señalar que, a la fecha, el gerente del Proyecto Especial Regional Pasto Grande, Ing. David Eusebio Espinoza Apaza, no da cumplimiento al Acuerdo aprobado por el Directorio del PERPG, ya que los 07 devengados por más de 10 millones de soles no han sido anulados y las Resoluciones que autoriza “el gasto para el pago” se encuentran vigentes.
Otro de los acuerdos a los que arribó el máximo órgano del Proyecto Especial Regional Pasto Grande es que se destine “los 10 millones devengados para otros Proyectos de Inversión u Obras”, acuerdo que a la fecha no es implementada por el Ing. Espinoza Apaza.
Pero lo que llama la atención es que el propio Gerente del Proyecto Pasto Grande es consiente que al no acatar las disposiciones del Directorio del Proyecto está incurriendo en un delito. En la última sesión de consejo regional, frente a los 09 consejeros afirmó que “El no obedecer el procedimiento seria incumplimiento de funciones”.
En efecto, el Manual de Organizaciones y Funciones – MOF del Proyecto Especial Regional Pasto Grande establece en su artículo 9° que es función y/o atribución del Gerente General: “(…) c) Cumple y hace cumplir los acuerdos y resoluciones del Consejo Directivo, así como las normas, reglamentos, directivas y manuales del PERPG. (…)”.
Frente a las declaraciones del Gerente del Proyecto Especial Regional Pasto Grande podemos señalar que existe una “rebeldía” a sus superiores, “rebeldía” que estaría siendo avalada por el Gobernador Regional y el Gerente General del Gobierno Regional de Moquegua.