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22 noviembre, 2024 2:52 am

Fiscal de la Nación exige mano dura a fiscales para combatir la corrupción sin excusas

La Fiscalía refuerza los lineamientos para una lucha frontal contra la corrupción, instando a los fiscales a cumplir rigurosamente con sus funciones, bajo los principios de objetividad y probidad.

El Fiscal de la Nación Juan Carlos Villena Campana, a través del Oficio Circular N.º 010-2024-MP-FN, dirigido a los presidentes de la Junta de Fiscales Superiores de los distritos fiscales del ámbito nacional, ha establecido lineamientos clave para garantizar el cumplimiento cabal de una de las principales tareas del Ministerio Público: la lucha frontal contra la corrupción. 

El documento subraya la importancia de mantener la buena imagen del Ministerio Público ante la sociedad, exigiendo a los fiscales un desempeño que se alinee con los principios de objetividad, probidad y debida diligencia, conforme a los incisos 2 y 11 del artículo 33 de la Ley de la Carrera Fiscal (Ley N.º 30483).

Villena Campana enfatiza que el turno fiscal no solo es responsabilidad del Fiscal Provincial, sino de todo el equipo fiscal, quienes deben estar disponibles las 24 horas del día, incluidos sábados, domingos y feriados. Esta disponibilidad no implica necesariamente presencia física en el despacho durante días inhábiles, pero sí exige una coordinación inmediata y oportuna. 

Asimismo, las diligencias del turno fiscal deben realizarse obligatoriamente de manera presencial, prohibiéndose su realización mediante videollamadas, delegaciones o consignaciones en diligencias policiales.

El oficio también señala que el turno fiscal no puede ser delegado a personal de otro despacho, salvo autorización expresa del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores. En despachos con turno permanente (penal, familia, prevención o mixto), se autoriza a los presidentes de las juntas adoptar medidas para garantizar un servicio eficiente y oportuno en días inhábiles.

Finalmente, se exhorta a los presidentes de junta a realizar visitas periódicas inopinadas a los despachos de turno para verificar la permanencia del personal, pudiendo utilizar medios tecnológicos para estas verificaciones y levantar actas correspondientes. Cualquier irregularidad grave cometida por el personal fiscal que afecte la función y el servicio, deberá ser comunicada de inmediato a fin de tomar las medidas pertinentes, señala el documento.

Análisis & Opinión