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El enredo de la cuestión de confianza

POR: VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS   

Próximos a recibir en nuestro país a una Comisión de Alto Nivel de la OEA, en cuya composición se cuenta con Cancilleres en ejercicio, denota la importancia que este organismo le ha dado a la crisis peruana, que, si bien fue solicitada por el Gobierno, a su presencia se han sumado los demás órganos constitucionales, en particular el Congreso. Cuando las aguas políticas retomaban su nivel de sosiego, abruptamente se recoloca en el escenario del habitual contraste, el pedido del Ejecutivo sobre la cuestión de confianza y en contraparte se responde desde el Congreso aprobando en la Subcomisión de acusaciones constitucionales el informe final sobre denuncia de traición a la patria que recae sobre el presidente Pedro Castillo. Si bien potestades constitucionales, forzadas en su interpretación y aplicación, por no decir instrumentalizadas, alimentan la zozobra institucional, que justamente verificará la OEA, y que al parecer ya poco interesa, absorbidos por la irresponsabilidad política del “sálvense quien pueda y como pueda”, renunciando al diálogo y estabilidad democrática.

Desde un primer momento las relaciones Ejecutivo-Legislativo se construyeron bajo el dilema disolución-vacancia, y las respuestas no tardaron en llegar, fueron dos pedidos de vacancia presidencial que no alcanzaron los votos y aún una tercera en curso; y ante la latente psicosis de “disolución congresal”, temprano el parlamento aprobó una ley que acota la cuestión de confianza, neutraliza el accionar del ejecutivo, alejando un arma básica para el equilibrio de poderes. Es sintomático, de esto, la recurrencia de indistintos primeros ministros de este gobierno, que asumieron una posición, una comunicación política provocadora, insostenible, que ni por asomo despertaba en el Congreso la censura, en su estrategia de sobrevivencia política, por la posibilidad de un cierre.

La Cuestión de confianza está en la mesa del debate público de manera permanente, desde las tensas relaciones Ejecutivo-Legislativo del 2016, con la prepotente mayoría fujimorista y sus 73 congresistas, no sabemos si decir caballerosidad o torpeza del Gobierno de Kuczynski, que no quiso recurrir a ella, en la expectativa de una mejor articulación, cuando era manifiesta la mala actitud y torpedeo de esa determinante mayoría. Desde entonces, podemos identificar cuatro momentos, en el acontecer político de esta institución:

Primer Round: el Congreso mediante la Resolución Legislativa 007-2017-2018-CR modificó su Reglamento, estableciendo causales de improcedencia de la cuestión de confianza; resolviendo el Tribunal Constitucional por la inconstitucionalidad de dicha modificación, por contrariar el principio de balance entre poderes («la cuestión de confianza que pueden plantear los ministros ha sido regulada en la Constitución de manera abierta”).

Segundo Round: Luego de la disolución del Congreso se propone demanda de Conflicto Competencial, la misma que fue declarada infundada por el Tribunal Constitucional, sosteniéndose en los argumentos de su sentencia anterior, pero señalando que “el Ejecutivo contaba con competencia para plantear una cuestión de confianza tanto para proponer una reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional como para solicitar la postergación de la elección de los magistrados”.

Tercer Round: en su singular preocupación parlamentaria de que el Ejecutivo apelé a las Cuestiones de Confianza y con el antecedente anterior, acudió rápidamente a aprobar la ley 31355, regulando que estas pueden proponerse para la “concreción de su política general de gobierno, no encontrándose, entre ellas, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso”, y para cerrar los candados de los “riesgos”, que sólo el Congreso podría interpretar el sentido de su decisión. Si bien es una norma que manifiestamente contraviene el marco constitucional alterando los principios básicos de un estado constitucional, rompiendo con sus propios precedentes, el Tribunal Constitucional, la convalidó.

Cuarto Round: El 8 de noviembre pasado el Presidente del Consejo de Ministros solicita al Congreso ser convocado para plantear Cuestión de Confianza sobre el Proyecto de Ley 1704-2021-PE, para que se agende, debata y eventualmente se apruebe, sostenido el eje número 6 de la Política General de Gobierno. De un primer y apresurado rechazo, finalmente el Congreso se rectifica e invita a una próxima sesión del pleno; es evidente la ligereza del actuar parlamentario, pues la solicitud de Confianza aun formalmente no se había planteado ante el pleno del Congreso, no se trata de una propuesta de reforma constitucional y aun siendo avalaba por el Tribunal Constitucional la Ley 31355, puede perfectamente ser modificada incluso derogada. Irónicamente, y habilitándose toda la parafernalia parlamentaria a escenarios futuros, presta y ágil la Comisión de Constitución, sin mayor discusión-su particularidad- aprueba el archivo de este proyecto de Ley. Ya resulta inútil la posibilidad de plantear una cuestión de confianza, sobre lo inexistente; toda una estrategia, de ambos lados, para ventilar quien golpe más y más fuerte, sin recato sobre nuestra propia institucionalidad.

En este contexto, y cual reacción natural de autodefensa-siendo en exceso diplomáticos-

se retoma y reimpulsa en el Congreso, la pendiente denuncia constitucional por traición a la patria, sostenida en una declaración a un medio de comunicación internacional.  En apretada votación, la Sub Comisión de Acusaciones Constitucionales, aprobó el informe final, recomendándose inhabilitación por cinco años; si bien esta denuncia la hizo suya la congresista Norma Yarrow, fue inicialmente planteada por Lourdes Flores Nano, Ángel Delgado, Hugo Guerra Arteaga, Francisco Tudela entre otros, justamente quienes alegaban fraude en el proceso electoral que erigió al actual presidente. Aún quedan dos fases, la Comisión permanente y luego el Pleno del Congreso; antes de aprobar dicho informe la Comisión Permanente aprobó cambios en los integrantes de dicha Sub Comisión, precisamente para evitar nulidades posteriores; sin embargo, y como lo advierte el profesor Omar Cairo, hay en el informe errores materiales determinantes: la supuesta inconducta del presidente no encuadra en el tipo penal, se formula juicio político cuando este sólo corresponde para infracciones constitucionales.

La declaración presidencial que se diera entonces y que es sustento de esta denuncia, es más consecuencia del desconocimiento e improvisación que disposición y voluntad política, pero suficiente para magnificar los hechos y estructurar y formalizar un grosero, irresponsable, absurdo informe final, que traspasa todo límite de la inteligencia.

No cabe duda alguna, que hoy se hace más necesario, un adelanto de elecciones, presidenciales y congresales, estamos ingresando a situaciones límite, poco importa la ciudadanía y los impactos de sus decisiones que sobre ellos recae; poco importa la comunidad internacional, que de seguro ya tomo nota de estas graves deficiencias. Luis Pásara, comentaba ayer: esta escena política inmunda que tenemos corresponde a un proceso de putrefacción de la sociedad peruana que no es de ahora, que es constante, persistente.

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