El Poder Ejecutivo destacó la aprobación del nuevo Reglamento del Consejo de Coordinación Intergubernamental (CCI), a través de la publicación del Decreto Supremo N° 050-2021-PCM, que permitirá la articulación y coordinación de acciones concretas en los tres niveles de gobierno.
Para el Gobierno se trata de un paso importante que ha dado el país en el proceso de descentralización con enfoque en el desarrollo del territorio.
El CCI tiene por finalidad establecer una visión compartida de un estado unitario y descentralizado, conforme lo establece la Constitución Política del Perú y la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.
Su objetivo es fortalecer la gobernanza, conducción, implementación y seguimiento del proceso de descentralización como política transversal y permanente del Estado.
Asimismo, le corresponde facilitar y garantizar el alineamiento de políticas, objetivos, orientaciones, prioridades y recursos. Igualmente, debe construir, gestionar y monitorear las agendas de desarrollo, que incluyan planes de implementación de políticas territoriales y programas de inversión anual y multianual.
El Consejo de Coordinación Intergubernamental es liderado por un Comité Directivo integrado por la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside, y cinco ministros de Estado acreditados por la PCM, en representación del Gobierno central.
En cuanto a los gobiernos regionales participan el presidente y el vicepresidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR). Por el lado de los gobiernos locales intervienen el presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), el presidente de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú (REMURPE) y la alcaldesa acreditada por la Red Nacional de Mujeres Autoridades (RENAMA).
Según el nuevo reglamento del CCI, la Secretaría Técnica estará a cargo de la Secretaría de Descentralización del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la PCM. Se consideran instancias operativas al GORE Ejecutivo y al MUNI Ejecutivo.
Igualmente, participan en esta instancia de coordinación gubernamental con voz, pero sin voto, el Viceministerio de Gobernanza Territorial de la PCM y la Presidencia de CEPLAN.
El Reglamento aprobado está conformado por cuatro capítulos, veintiocho artículos y tres disposiciones complementarias finales.
Se establece que el Comité Directivo del CCI sesionará de manera presencial o por medios digitales de forma ordinaria, cada tres meses, y de forma extraordinaria cuando sea convocado por su presidente. [Fuente: Andina]