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25 agosto, 2024 4:33 pm

¿Distritalización de San Antonio? Sí, ¿cercenar territorial a Ilo? No

El problema se puede polarizar más porque el Ejecutivo observará la Ley de Creación del distrito de San Antonio y el Congreso podría aprobarlo por insistencia lo que obligaría a Ilo a llevarlo al Tribunal Constitucional.

POR: JORGE ACOSTA ZEVALLOS (ECONOMISTA DEL CEOP ILO)

Un conflicto territorial está ocurriendo entre las provincias de Ilo y Mariscal Nieto porque la creación del distrito de San Antonio afecta territorialmente, por información de los técnicos y autoridades de la Municipalidad Provincial de Ilo y distrital de Algarrobal hay una superposición territorial. De otro lado el alcalde Abraham Cárdenas indica que la creación del distrito no afecta al territorio ileño.

Lamentamos que un tema que debió resolverse en los marcos de las normas legales haya devenido en una disputa irreconciliable sobre todo porque nadie está en desacuerdo en la creación del distrito dentro de la provincia a la que pertenece. En este diferendo alguien miente, sorprende, asume posiciones antilegales o simplemente no deciden.

Teóricamente la creación de distritos se realiza para solucionar los problemas de los ciudadanos en un determinado espacio territorial, para lo cual tienen que tener población permanente, captación de tributos para su auto sostenimiento y posibilidades de desarrollo sostenible prospectivo.

Una característica de nuestro país es que los pueblos en un 53% tienen menos de 5,000 personas a diferencia de otros países como Bolivia, Colombia y Chile que tienen solo un promedio de 16%.

Según el último Censo de la población y vivienda existen 895 distritos que tienen menos población que lo requerido (12,000 personas en la costa y 3,800 en la sierra) y 553 distritos que disminuyen drásticamente su población.

Los países europeos y del Asia su tendencia es a la concentración poblacional para acceder mejor a los servicios y evitar la fragmentación territorial tal como ocurre en nuestro país. Los estudios señalan que cuando una provincia tiene elevado número de distritos más es la desigualdad de la distribución de la riqueza y por tanto menos bienestar.

Por estas premisas es que las normas legales como la Ley 27795 y su modificatoria la Ley 30187 exige que la creación de distritos solo es posible en el marco de la demarcación territorial provincial, es decir la unidad provincial es el espacio para demarcar territorio, sanear limites distritales y provinciales.

El artículo 33 de la ley 27795 de Demarcación y Organización territorial señala “No podrá iniciarse el trámite ni generarse expedientes sobre iniciativas o petitorios de una misma acción de demarcación territorial que presuponga superposición de ámbitos territoriales o diferendos limítrofes”.

En tema de la distritalización de San Antonio la historia empieza en el año de junio del 2016, a decir del exalcalde de Ilo Willam Valdivia, cuando el Congreso de la Republica agendó la distritalización de San Antonio superponiéndose sobre 44 km2 de la provincia de Ilo y distrito de El Algarrobal, los alcaldes de ambos jurisdicciones conversaron con los congresistas y también se reunieron en la Oficina de Demarcación Territorial de la PCM una reunión conjunta de los Congresistas Zeballos y Mantilla, los alcaldes de Ilo Willam Dávila y de Mariscal Nieto Hugo Quispe, los alcaldes distritales de Pacocha, El Algarrobal y San Antonio y se acordó que se impulse el distrito de San Antonio sin cercenamiento territorial de Ilo encargando al Gobierno Regional de Moquegua la delimitación territorial.

La historia se repite con el gobierno de Vizcarra cuando se reactiva la propuesta del distrito de San Antonio y nuevamente se insiste en cercenar a Ilo, ante ello el presidente y la Oficina de Demarcación Territorial nuevamente invocan al gobierno regional de Moquegua a establecer los límites y evitar la superposición de territorio.

No se cumple el encargo y deja de tomar decisiones y en el ínterin esta vez lo protagoniza el Congreso de la Republica al aprobar el proyecto de Ley de creación del distrito de San Antonio exonerando el trámite de dictamen de la Comisión de Descentralización, aprobándolo precipitadamente con un expediente observado y archivado (Véase mapa 01).

Agréguese que en ninguna parte de los expedientes aparece una firma del alcalde Provincial de Ilo y mucho menos de su consejo municipal y que las observaciones de limites las resuelven técnicamente las oficinas de demarcación territorial tanto del Ejecutivo como del Gobierno Regional.

El resultado es un conflicto entre pueblos hermanos por la displicencia institucional y el comportamiento indebido de algunas autoridades. El problema se puede polarizar más porque el Ejecutivo observará la Ley de Creación del distrito de San Antonio y el Congreso podría aprobarlo por insistencia lo que obligaría a Ilo a llevarlo al Tribunal Constitucional.

Las movidas cartas sobre la mesa le hacen daño a San Antonio pues si el debido proceso hubiere sido bien llevado, hace tiempo ya seria distrito conforme a Ley.

¿Cuáles son los límites de la provincia de Ilo? Están en la Ley de su creación que dice; “por el este una línea que va del Cerro El Abra, por el Cerro El Morro, Cerrillos Negros, Cerro del Infernillo, Cerro de Osmore y Estación Hospicio, hasta el encuentro de Quebrada Honda, Quebrada Seca” que un límite más arriba de la carretera Panamericana como algunos pretenden obviar.

Análisis & Opinión