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Disponen excarcelación de mujer implicada en el asesinato de José Noles Guevara

Declaran infundado el requerimiento fiscal de prisión preventiva de la investigada Carol Ann Jesús Andía Vera; dictando en su contra una medida menos gravosa de comparecencia con restricciones, sujeta al cumplimiento de reglas de conducta.

La Corte Superior de Justicia de Moquegua dispuso la inmediata excarcelación de Carol Ann Jesús Andía Vera, tras presentar recurso de apelación.

La mujer cumplía prisión preventiva y era investigada al estar implicada en el delito de homicidio calificado en agravio del joven universitario José Noles Guevara, quien era estudiante de la Universidad Nacional de Moquegua.

Según la defensa de Carol Ann Jesús Andía Vera, no existe graves y fundados elementos de convicción que vinculen a la recurrente con el hecho punible; respecto del peligro de fuga, el juez no ha considerado que la apelante cuenta con arraigo familiar la misma que se acreditó. Asimismo, se presentó documentos que acreditan el arraigo laboral realizando actividades en la empresa de su hermano “Karlynhos”. Referente al arraigo familiar, si bien es cierto que es madre soltera, por lo que constituye sostén de su hogar.

De esta manera, se resolvió revocar la resolución Nro. 03 de fecha 1 de noviembre del 2023 expedida por el juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Penal de Ilo, en el extremo que declara fundado el requerimiento fiscal de prisión preventiva en contra de Carol Ann Jesús Andía Vera, en la investigación seguida por homicidio calificado y hurto agravado en agravio de quien en vida fue José Jireth Noles Guevara, representado por José Lorenzo Noles Núñez.

Se declara infundado el requerimiento fiscal de prisión preventiva de la investigada Carol Ann Jesús Andía Vera; dictando en su contra una medida menos gravosa de comparecencia, con restricciones sujeta al cumplimiento de reglas de conducta.

Carol Ann Jesús Andía Vera comparecerá mensualmente al Juzgado de Investigación Preparatoria que previno, a efectos de registrar su asistencia e informar de sus actividades. No variará su domicilio señalado, ni deberá salir de la ciudad sin autorización judicial.

Asimismo, no incurrirá en la comisión de ningún evento delictivo. Está obligada a concurrir puntualmente a todas las citaciones que efectúe el Ministerio Público o así lo disponga la autoridad judicial en el curso del proceso. Todo ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de cualquiera de estas reglas de conducta, de disponerse la inmediata revocación de este beneficio procesal por el de prisión preventiva e internamiento inmediato en el establecimiento penal que fije el INPE, si fuere el caso.

Cabe precisar que los otros implicados, Daniel Antonio Arias Alomía y Edgar Daniel Escalona Mendoza (venezolano) no presentaron recurso de apelación, mientras que Cristhans Hanz La Rosa Franco (falleció).

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