Detenidos durante paro contra Quellaveco en Tumilaca fueron liberados

Los ciudadanos se encontraban con detención policial por la presunta comisión del delito de entorpecimiento al funcionamiento del transporte público.

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La noche de este último martes, la Fiscalía dispuso la inmediata libertad de los ciudadanos que fueron intervenidos por la Policía Nacional durante el primer día de paro indefinido que acata Moquegua contra Anglo American Quellaveco en el sector de Tumilaca.

Los imputados Andy Moisés Tenazoa Condori, Román Ponciano Quispe, Alejandro Edinson Díaz Flor, Ángel David Aparicio Aduviri, Marco Antonio Ramos Chicalla y Juan Pedro Calsina Nina, quedan en libertad, salvo que sobre los mismos pese alguna orden de captura, requisitoria o mandato de detención, quedando notificados para que se presenten las veces que sean requeridos por la autoridad policial, fiscal o judicial.

Dichas personas se encontraban con detención policial por la presunta comisión del delito de entorpecimiento al funcionamiento del transporte público.

Según la denuncia, personal policial se constituyó a la carretera binacional, en razón que se encontraba en el lugar un grupo de personas a la altura del puente Tumilaca, quienes arrojaban piedras y tierra a la vía, así como quemaban llantas, por lo que procedieron a limpiar la pista.

De acuerdo a la versión de los policías, un grupo de 20 personas les lanzaron piedras llegando a impactarlos, procediendo a su detención al haber infringido la norma.

Si bien el plazo de detención tiene una duración de 48 horas, también lo es que dicho espacio de tiempo es un término máximo, existiendo sendos pronunciamientos del Tribunal Constitucional referidos al plazo razonable.

En el presente caso, se señaló que no existía causa probable del delito investigado y que es necesario la realización de las diligencias preliminares de mayor complejidad. Resulta irrazonable mantener la detención de los imputados, quienes se encontraban privados de su libertad desde las 16:28 horas del día 12 de agosto del 2019, ya que de mantener la detención vulneraría el derecho fundamental a la libertad personal, correspondiendo entonces su inmediata liberación, instruyéndosele a los mismos que deberán presentarse las veces que sean requeridos por la autoridad policial, fiscal o judicial.

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