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22 noviembre, 2024 1:13 am

Después del voto de vacancia

Ante la pregunta si Martín Vizcarra vuelve a palacio de gobierno, parece que no vuelve, ya que debió plantear una nueva demanda en contra de la segunda moción de vacancia… ahí tenía el tiempo suficiente para presentar un proceso competencial con una nueva medida cautelar, lo cual, no lo hizo.

POR: ABG. CÉSAR MARÍN CÁCERES

Todo ha sucedió el 9 de noviembre cuando en el Congreso se consiguió los 105 votos para vacar a Marín Vizcarra Cornejo, ante ello, al día siguiente asumió el cargo Manuel Merino de Lama conforme los establece la Constitución Política en el artículo 115 de la Constitución Política.

Sobre si procedía o no la vacancia de Martín Vizcarra se han pronunciado políticos, escritores como el premio nobel de literatura Mario Vargas Llosa quien señala que el Congreso ha violado la Constitución, y que por el caos surgido se debe nombrar como presidente entre los 19 congresistas que han votado en contra proponiendo al congresista Gino Costa como Presidente.

Columnistas como Jaime de Althaus ayer en El Comercio opina sobre lo que significa la permanente incapacidad moral y llega a la conclusión que realmente se trata de una incapacidad moral y no incapacidad mental como lo han querido hacer ver otros. Señala que basta con revisar el diario de debates de la Constitución de 1993 en donde se señala que la permanente incapacidad moral se refiere a la incapacidad moral. Por lo que consideramos que no es “un golpe de Estado” y que lo que se ha hecho es un juicio político quien mediante los votos ha conseguido la vacancia. Usando la misma causal se ha vacado a José de la Riva Agüero; Guillermo Billinghurst; Alberto Fujimori; Martín Vizcarra y en el caso de PPK, que renunció ante la inminencia de su vacancia.

En cuanto al demanda competencial presentada ante el Tribunal Constitucional (TC) sobre la primera moción de vacancia por el caso de Richard Cisneros en el cual Martín Vizcarra presentó aún como presidente, el TC declaró improcedente su medida cautelar, con lo que se pudo suspender el pedido de vacancia hasta que se revuelva el fondo del asunto.

La audiencia ha sido adelantada para este lunes 16 al medio día. En la sentencia el TC puede declarar fundada o infundada la demanda competencial, o también puede sustraerse de emitir sentencia tal como lo ha pedido el procurador del Congreso al contestar a la demanda, el Tribunal Constitucional puede señalar que en la primera moción de vacancia no se ha conseguido los 87 votos solo 32 y por lo tanto carece de pronunciarse.

Ante la pregunta si Martín Vizcarra vuelve a palacio de gobierno, parece que no vuelve, ya que debió plantear una nueva demanda en contra de la segunda moción de vacancia en donde se consiguieron 60 votos, ahí tenía el tiempo suficiente para presentar un proceso competencial con una nueva medida cautelar, lo cual, no lo hizo.

En ese caso el TC tenía la obligación de pronunciarse sobre la segunda moción de vacancia por las declaraciones de los aspirantes a colabores eficaces sobre el proyecto de irrigación de las lomas de Ilo y el Hospital de Moquegua, pero no lo hizo. Lo que ha sucedido es que es que se había confiado en que no se iba a conseguir los 87 votos, ya que había agrupaciones políticas como Alianza para el Progreso y el partido Morado que declararon que estaban en contra de la vacancia por la pandemia y por recuperar la reactivación económica, pero al final el partido Alianza Para el Progreso votó a favor y se consiguió los 105 votos; sin los votos de Alianza para el Progreso solo se hubiera conseguido 85 y no se hubiera vacado al presidente Vizcarra.

A Martín Vizcarra lo único que le queda es postular al Congreso de la República por Lima y si no ha cambiado su domicilio tendría que postular por el departamento de Moquegua.

Análisis & Opinión