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22 noviembre, 2024 3:04 am

Declaran infundado recurso de casación excepcional presentando por “Jamocho” Rodríguez

Se confirma la sentencia de primera instancia, del 23 de julio del 2018, que lo condenó como autor del delito contra la administración pública, en la modalidad de nombramiento indebido de cargo público, en agravio del Estado.

La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró infundado el recurso de casación excepcional, por las causales 1 y 3, del artículo 429 del Código Procesal Penal, interpuesto por el sentenciado Jaime Alberto Rodríguez Villanueva, contra la sentencia de vista del 28 de noviembre del 2018, emitida por la sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.

De esta manera, se confirma la sentencia de primera instancia, del 23 de julio del 2018, que lo condenó como autor del delito contra la administración pública, en la modalidad de nombramiento indebido de cargo público, en agravio del Estado (Gobierno Regional de Moquegua), al pago de setenta días-multa.

Además, pena de inhabilitación por el plazo de setenta días, conforme con artículos 36, incisos 1 y 2, del Código Penal; y fijó en 5,000 soles el monto que, por concepto de reparación civil, deberá abonar a favor de la parte agraviada.

Se dispone que la presente sentencia se lea en audiencia pública, se notifique a las partes apersonadas a esta sede Suprema y se publique en la página web del Poder Judicial.

Cumplidos estos trámites, se devuelvan los actuados al órgano jurisdiccional de origen, se archive el cuaderno de casación en la Sala Penal Suprema y se haga saber.

HECHOS

Con fecha 7 de enero del 2015, el recurrente Jaime Rodríguez Villanueva firmó la Resolución Ejecutiva Regional Nro. 30-2015-GR/MOQ, mediante la cual se resolvió encargar temporalmente hasta el 31 de diciembre del 2015 a Christian Rospigliosi Mendoza, en el cargo de jefe de la Oficina de Servicios Mecánicos, Nivel F-3, dependiente la Dirección de Infraestructura del Gobierno Regional de Moquegua.

El recurrente cometió el delito de nombramiento indebido de cargo, porque Rospigliosi Mendoza no cumplía con los requisitos legales. No registra grado o título, conforme al Oficio Nro.331-2016-SUNEDU.

Análisis & Opinión