La Corte Suprema de Justicia de la República declaró improcedente el recurso de casación presentado por la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Moquegua en un proceso judicial seguido por Sharai Gabriela Tapia Roque, relacionado con una demanda de reposición laboral por embarazo.
La decisión está contenida en la Casación N.º 7547-2026-Moquegua, expedida el 4 de junio de 2026 y publicada el viernes 23 de octubre en el Diario Oficial El Peruano.
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA FAVORECIÓ PARCIALMENTE A DEMANDANTE
Según la resolución, el 15 de octubre de 2025, el juzgado de primera instancia declaró infundada la demanda. Sin embargo, el 26 de enero de 2026, mediante la Resolución N.º 17, la instancia superior revocó esa decisión y, reformándola, declaró fundada en parte la demanda.
Frente a este pronunciamiento, la Procuraduría Pública Regional interpuso un recurso de casación el 11 de febrero de 2026, buscando cuestionar jurídicamente la sentencia de segunda instancia.
CORTE OBSERVÓ DEFICIENCIAS EN EL RECURSO
La defensa del Gobierno Regional invocó, entre otros argumentos, la aplicación indebida del artículo 6 de la Ley N.º 30709 y de la doctrina jurisprudencial contenida en la Casación Laboral N.º 30535-2019-Lima.
También cuestionó la motivación de la sentencia y la valoración de los medios probatorios.
La Corte Suprema determinó que las causales no habían sido formuladas conforme a las exigencias de los artículos 388 y 391 del Código Procesal Civil, modificados por la Ley N.º 31591. En consecuencia, aplicó el artículo 393 y declaró improcedente el recurso presentado por la entidad regional.
ALCANCE DE LA DECISIÓN
La resolución significa que la Corte Suprema no admitió el cuestionamiento formulado por la Procuraduría Regional y no dejó sin efecto la sentencia de segunda instancia. No obstante, el pronunciamiento publicado no reproduce los extremos específicos de la demanda que fueron estimados. Por ello, no permite establecer todavía las medidas concretas de reposición o las eventuales obligaciones económicas derivadas del proceso.

