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7 septiembre, 2024 6:44 pm

Contrarreforma del servicio civil

POR: VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS    

Ya nada puede sorprendernos de un paupérrimo Congreso, sin definición política y sin responsabilidad alguna en la generación o consolidación de políticas públicas, absorbido en demasía por el oportunismo, confundido con sus descarados afanes populistas, esta vez toca la puerta del Servicio Civil, una de las reformas del Estado más trascendentes, que si bien marchaba bajo un frio proceso de implementación, la ausencia de voluntad política fue su gran escollo, evidencia de ello, los privilegios otorgados a determinados sectores para no ser incluidos dentro de esta ley, empezando por el propio Congreso.

La Ley 30057 del 4 de julio del 2013, denominada Ley del Servicio Civil fue impulsada por el gobierno de Ollanta Humala, que apuntaba a una drástica, integral y gradual reforma del servicio civil de nuestro país, entiéndase sector público, “orientada a mejorar y ordenar el funcionamiento de la gestión de los recursos humanos que permita mejorar el desempeño y el impacto positivo que el ejercicio del servicio público debe tener sobre la ciudadanía”, propuesta construida sobre una cruda realidad: hasta entonces, eran 1 millón 400 mil los servidores públicos e ingresaban cerca de 40 mil nuevos servidores cada  año, generando un injustificado abultamiento de personal con su efecto no menos importante en el incremento de las planillas, en los tres niveles de Gobierno, lo que hoy ha quedado gravemente superado, porque a efecto de la pandemia del Covid-19, se flexibilizaron la normas de ingreso y permanencia. Una argumento bastante sensible y arbitrario, que aún se mantiene vigente, es que trabajadores que realizan las mismas funciones o cargos, se sometían a regímenes laborales diferenciados y obviamente remuneraciones distintas, lo que responde a la  existencia paralela de los regímenes de los Decretos Legislativos 276(régimen de la carrera administrativa) y 278(régimen laboral privado), y régimen especial CAS(Contratación Administrativa de Servicios), debiéndose añadir los contratos de servicios no personales.

Cundía la desmotivación, la inestabilidad, la escasa atracción a personal capacitado, en un contexto en que la informalidad en que está sumido nuestro país, les permitía una oportunidad laboral y un ingreso fijo-el peor trabajo es el que no se tiene-, con un obvio impacto negativo en los ciudadanos, que no solo observan un exceso de personal, gastos insulsos en las planillas, sobre todo la pésima calidad del servicio público, que alimenta el desconcierto y la deslegitimación de las entidades públicas. Aunque no debemos generalizar, pues nos encontramos también con funcionarios perfectamente motivados y comprometidos, con una innata vocación al servicio público. Por ello la ley se colocaba en el objetivo de integrar a los servidores públicos en un solo régimen del servicio civil, con criterios meritocráticos, dotándose de personal competente e idóneo, hablamos de profesionalización del servicio civil, mejoras económicas, capacitación y evaluaciones, lo que fue un duro obstáculo, porque se confundía al servidor público bajo el argumento de despidos masivos, cuando lo que se quería era potencializar sus competencias; todo ello redundaría en la eficiencia de la administración pública de cara a los ciudadanos.

La Comisión de Trabajo, debe someter en las próximas semanas ante el Pleno de Congreso, su Dictamen favorable para la derogación de la ley 30057, ley del Servicio Civil y el Decreto Legislativo 1023 que instituye como instancia rectora a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, y como siempre lo hace, coloca la carreta por delante de los caballos, crea una Comisión Tripartita para que evalué y proponga mejoras respecto a los distintos regímenes laborales del Estado, y siguiendo el complejo de “Adán”, redunda en lo existente, que proponga un régimen laboral que unifique los Decretos leyes 276, 728 y 1057. Y aún más, se encarga al Ejecutivo la creación de un organismo transitorio, que asuma todas las funciones de SERVIR, lo que implica desarticular esta última e instituir un nuevo órgano, con el carácter de provisional, cuando el propio Estado se agota en sus limitaciones e incapacidades.

Pero revisemos los argumentos, para esta inefable propuesta: “los resultados han sido pocos y con magros resultados en cuanto a eficiencia y eficacia de la burocracia del Estado”, existencia de varios regímenes laborales en el aparato estatal, el desorden y la extensa diferencia en las escalas salariales, no se ha logrado transitar ni el 1% de todos los servidores públicos al régimen de la ley 30057, exceso de potestades en materia laboral a la autoridad SERVIR. Precisamente, el limitado avance en la implementación de esta ley, tiene un único responsable, los distintos Gobiernos, que no asumieron con actitud y carácter la implementación de esta ley, lo que en absoluto debe restarle validez, trascendencia y legitimidad que se direcciona hacia una auténtica reforma pública, de una estructura social maltratada, utilizada, relegada, sin considerar su importancia en la eficiencia del sector público y su estratégica función. Revisado el Dictamen aludido, nos encontramos con una débil e inconsistente argumentación, opiniones técnicas insuficientes, y lo más pernicioso, tratándose de una norma que aborda una problemática básica del Estado, ausencia de debate público, como lo ha llamado el propio Tribunal Constitucional “falta de deliberación”.

Los Colegios profesionales, empiezan a despertar de su letargo, en el caso presente el Colegio de Abogados de Lima, eleva su voz a través de un comunicado público, cuyo fundamento lo compartimos: ”la derogación de esta norma desmantelaría los avances logrados en la modernización del servicio civil, afectando negativamente la transparencia, la eficiencia y la integridad en el sector público…Es fundamental que el Estado cuente con funcionarios honestos y calificados, seleccionados en base a sus competencias y méritos. La eliminación de la ley del Servicio Civil suprimiría los concursos públicos basados en la meritocracia, limitando el desarrollo profesional de los servidores públicos y afectando el acceso igualitario a la función pública”. La ingobernabilidad que nos encima, el desorden e incertidumbre como presentación, particularmente de los últimos gobiernos, manifestados a través del copamiento de los sectores públicos, con servidores de escasa solidez personal y moral, observamos la permanente movilidad en los más altos cargos públicos, como son los propios ministerios, acaso no son muestras claras de responsabilidades de gestión más que de la propia ley. Una premisa que debemos erradicar y que es una lacra para la optimización de nuestra administración pública, es que nunca dejamos de empezar de nuevo, renunciando a verdaderas políticas públicas, sobreponiendo mezquinos intereses y relegando un desarrollo sobrio y razonado para nuestro país.

Es indiscutible que debemos discutir sobre el servicio civil, y sobre esa base promover las reformas para la reclamada idoneidad y eficiencia en la gestión de los recursos humanos, pero de ninguna manera propiciar el retorno a la mediocridad e ineficiencia en la gestión pública.

Análisis & Opinión