El Congreso de la República oficializó la Ley 31520, que modifica el consejo directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Según la ley, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la norma tiene por objeto restablecer la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, en el marco del cuarto párrafo del artículo 18 de la Constitución Política, a través de la modificación de los artículos 1, 12, 15, 17 y 20 de la Ley Universitaria.
De esta manera, el consejo directivo de la Sunedu pasará de tener cinco a siete integrantes, compuesta por un representante del Ministerio de Educación, otro del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec).
Asimismo, un representante del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace), del Consejo Nacional de Colegios Profesionales, dos de las universidades públicas, y uno de las casas de estudios privadas.
Además, será esta nueva composición del consejo directivo que elija al superintendente de la Sunedu por un periodo de tres años, siendo que no puede ser reelegido.
El pasado martes 19 de julio, el Segundo Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró fundada la demanda de amparo presentada por la Sunedu contra la ley, aprobada por el Congreso, que modifica varios artículos de la Ley 30220 (Ley Universitaria).
FILIALES
Por otro lado, a través de la Ley 31521 se declara de interés nacional la creación de universidades públicas y filiales descentralizadas en cada departamento del país, según su demanda educativa y laboral.
La norma establece que este beneficio se otorgará a aquellas casas de estudio que hayan obtenido el licenciamiento institucional.
Firman ambas leyes la encargada de la Presidencia del Congreso, Lady Camones Soriano; y el segundo vicepresidente, Enrique Wong Pujada.