Por: Omahar Rommel Torres Mendoza
La visión de desarrollo de una provincia o de un distrito no sólo está en la mente de la primera autoridad de un municipio, también aportan mucho los regidores, teniendo presente que sean los idóneos para el cargo y no solo figuras decorativas.
En Mollendo se tiene presente nombres de ilustres ciudadanos que dejaron huella como concejales, sin percibir, en algunos casos, ninguna remuneración: José Manuel García Bedoya, Alfredo Roberts Valcárcel, Manuel de Torres Muñoz, Emiliano Vilchez Donoso, Victoria O’diana Macedo, Abraham Morales Salvatierra, Adolfo Azana Torres, Clelia Treviño de Briceño, Lucía Bernedo de Mancilla.
En el año 1994 con la ley 26317, se empieza a pagar una compensación económica a los miembros del concejo municipal y el 2003 se promulga la actual Ley Orgánica de Municipalidades 27972, que determina el nombre de dieta por sesión, detallando que no es un salario o un sueldo, en 2025 la ley 32269 establece para los ediles un monto máximo del 30% de la remuneración mensual del alcalde.
El alcalde provincial tiene un sueldo mensual de S/ 7,500, y la dieta de los regidores es de S/ 2,250; Cocachacra, Deán Valdivia y Punta de Bombón S/ 5,500 los burgomaestres y sus concejos municipales S/ 1,590; el distrito de Islay S/ 4,700 y S/ 1,410; finalmente Mejía la actual alcaldesa percibe S/ 3,300 y S/ 990 sus acompañantes de la casa consistorial.
La función es múltiple, deben ejercer función normativa, pero al parecer desierta en este periodo de gobierno a nivel provincial y distrital en lo que respecta a Ordenanzas Municipales de autoría propia, de representación y el de fiscalización del periodo elegido.
Con la Ley 31812 se determinó otorgar un presupuesto para la función de control en los Concejos Regionales y Municipales, no menor del 1% ni superior al 2 % del Presupuesto Inicial de Apertura (PIA), por tercer año consecutivo se ha aprobado dinero de los contribuyentes para hacer dicha función.
En la Municipalidad Provincial con Acuerdo de Concejo N° 011-2026-MPI, se estableció S/ 87,624 para fiscalización; en el distrito de Cocachacra con A.C N° 014-2026-MDC, S/ 23,608; Deán Valdivia con A.C N° 066-2026-MDDV determinó su PIA del presente año por lo que tendría destinado para la referida función S/ 17,083; en el distrito de Islay S/ 38,104; Punta de Bombón S/ 16,523, todas ellas fijaron el monto mínimo del 1%, solo la municipalidad de Mejía con el A.C. N° 005-2026-MDM del 20 de marzo este año acordó el 2% con un monto de S/ 36,130.
Y como la historia no acaba aún, la Resolución de Contraloría N° 178-2026-CG aprobó la Directiva N°002-2026-CG/PREV que obliga la presentación semestral y detallada el uso dado al presupuesto, esperando que no se gaste solo en movilidad local o refrigerios y almuerzos, tal como consta en algunos informes que hemos revisado, porque cuando concluya el periodo de gobierno local, pueden ser factibles de investigación posterior.
No hay pretexto para no hacer la tarea encomendada, así como ser parte de lo positivo, también denunciar lo irregular y no convertirse en simples personajes de adorno que levantan la mano en forma automática o se hacen de la vista gorda. Guerra avisada no mata gente.

