Concejo Municipal y comisiones de investigación

Por: Edgar Norberto «Beto» Lajo Paredes   

Por internet, Canal N, publica la noticia “En el Congreso de la República la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado aprobó el proyecto de ley que faculta a los consejeros regionales y regidores municipales a conformar comisiones investigadoras sobre casos que consideren se hayan cometidos actos ilícitos en la gestión de sus respectivos gobernadores o alcaldes”.

Sigue la nota periodística “La iniciativa, presentada por la congresista Norma Yarrow, establece que los pedidos de información que soliciten estas autoridades sean contestados de manera obligatoria y de esta manera se pueda deslindar responsabilidades”. “También podrán fiscalizar la implementación de las recomendaciones de los informes de control, el desempeño funcional y la conducta pública de funcionarios y directivos, designar al responsable del procedimiento administrativo disciplinario y el responsable de la función de integridad”, termina “El proyecto pasará a consideración del Pleno y servirá como herramienta para determinar el motivo de la baja ejecución presupuestal a nivel subnacional y local”; finalmente “La parlamentaria Yarrow señaló que con ello se viabiliza y transparenta la información a los ciudadanos, dando cuenta de la gestión y lo realizado por las autoridades políticas”.

HACIA LA DEMOCRACIA DEL BICENTENARIO

Con Resolución Suprema N° 228-2018-PCM Crean la Comisión Consultiva denominada “Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política”, fue integrada por Fernando Tuesta Soldevilla (la presidió), Paula Valeria Muñoz Chirinos, Milagros Campos Ramos, Jessica Violeta Bensa Morales y Ricardo Martín Tanaka Dongo. Su Informe Final rotulado “Hacia la democracia del Bicentenario”, está publicado en libro, leemos: “Este informe se divide en diagnóstico y propuestas. Una primera parte desarrolla un diagnóstico de los problemas que enfrenta la política peruana y plantea propuestas de reforma. Una segunda parte desarrolla las propuestas expresadas en 12 proyectos de ley, encontrándose relacionadas unas con otras, por lo que deben entenderse no como iniciativas parciales, sino como parte de un mismo conjunto de reformas. Las reformas cubren los tres ámbitos del sistema político: el sistema de gobierno, el sistema de partidos políticos y el sistema electoral. Parten de un diagnóstico centrado en cuatro grandes ejes de problemas: la existencia de partidos políticos y movimientos regionales precarios y poco representativos; de una política altamente vulnerable a prácticas de corrupción, con escasa rendición de cuentas; de una democracia con problemas de gobernabilidad y de control político; y de problemas referidos a diversas limitaciones a la participación electoral y política de los ciudadanos. Alrededor de esos cuatro ejes se plantean diversas iniciativas de solución, expresadas en los 12 proyectos de ley que se adjuntan”. (pág. 19). Este texto, es de obligatoria lectura, sobre todo por los próximos candidatos, sino será mejor no lo sean.

FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE CONCEJOS MUNICIPALES

El mencionado documento, señala “De todos los problemas de gobernabilidad asociados con los gobiernos regionales y locales, la corrupción es el problema que llama más la atención de la opinión pública”, agrega “tal como informara la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción (2018), en mayo de 2018 existían 4225 casos por delitos de corrupción que involucraban a 2059 autoridades y ex autoridades subnacionales en condición de imputados, incluyendo 57 gobernadores o ex gobernadores regionales, 344 alcaldes o ex alcaldes provinciales, y 1658 alcaldes o ex alcaldes distritales”. Por último, plantea. “Para ello, se pueden mejorar los mecanismos de control horizontal en los gobiernos regionales y municipalidades, facilitando el trabajo de fiscalización de la gestión por parte consejeros regionales y regidores municipales, así como habilitando mecanismos de sanción política como la vacancia y la suspensión en el gobierno regional, especialmente aquellos que pueden servir para solucionar controversias relacionadas con acusaciones de corrupción. Los consejeros regionales y regidores municipales pueden hacer pedidos de información con fines de fiscalizar la gestión sin requerir aprobación del Consejo Regional o Concejo Municipal, y con plazo definido para que estos sean respondidos” (pág. 47 y 48).

El proyecto de ley propone modificar el artículo 10 de la Ley N° 27972 LOM: “7. Formular pedidos de información para efectos de fiscalizar la gestión municipal. 8. … Los pedidos de información… deben ser atendidos en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, bajo responsabilidad” (pág. 387 y 388).

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