La Comisión de Constitución del Congreso aprobó la propuesta del Ejecutivo de cancelar la inscripción de los partidos políticos que no participen en elecciones de alcance nacional o retiren sus listas de candidatos del proceso electoral correspondiente.
El grupo parlamentario también aprobó cancelar la inscripción de una organización política cuando no participe en elecciones regionales, en por lo menos tres quintos de las regiones, y en las elecciones municipales, en por lo menos la mitad de las provincias y un tercio de los distritos a nivel nacional.
La iniciativa implica modificar el artículo 13 de la Ley de Organizaciones Políticas, que actualmente establece que no se cancela la inscripción de un partido a menos que deje de participar en dos elecciones generales sucesivas.
Asimismo, se aprobó como requisito para mantener la inscripción, que la organización política mantenga el número mínimo de afiliados exigidos seis meses antes de la fecha límite para efectuar la convocatoria a cada proceso electoral.
Igualmente se consideró como causal de suspensión de inscripción si se incumple con remitir el listado de comités partidarios y la relación actualizada de sus integrantes, conforme a lo establecido en la norma.
De verificarse alguno de estos casos, el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) le otorgará -según se aprobó- un plazo improrrogable de hasta 60 días hábiles, bajo apercibimiento de suspensión de su inscripción. No será aplicable el procedimiento durante el proceso electoral.
Las modificaciones a la Ley de Organizaciones Políticas forman parte de la reforma política que impulsó el Ejecutivo y que el Congreso se comprometió a priorizar mediante una cuestión de confianza otorgada el pasado 5 de junio.