POR: DR. PHD. JAVIER FLORES AROCUTIPA
EL DELITO DE FEMINICIDIO
El Poder Judicial del Perú establece que el crimen de feminicidio, caracterizado por el asesinato de una mujer debido a su género, se castigará con la pena máxima de cadena perpetua cuando el acto incluya agravantes de excepcional crueldad, tales como el uso de fuego o instrumentos con el propósito de causar un daño extremo o la muerte. Este mandato está especificado en el artículo 108-B del Código Penal. Además de la cadena perpetua, el feminicidio puede resultar en penas de prisión de no menos de veinte años.
En circunstancias en las que la víctima sea una niña, una adolescente o una mujer mayor, la severidad de la pena aumenta, con el mínimo establecido en treinta años de prisión. La ley subraya que aquellos condenados por feminicidio no son elegibles para beneficios penitenciarios, reflejando la naturaleza especialmente grave de estos delitos, que no solo arrebatan vidas, sino que lo hacen de una manera particularmente violenta y objetiva.
EL DELITO DE SECUESTRO
Por otro lado, el delito de secuestro también es abordado con rigurosidad por el Poder Judicial. La ley no prevé beneficios penitenciarios para los secuestradores, y aquellos que cometan este delito, especialmente contra individuos vulnerables como menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad, pueden enfrentar penas severas que varían desde los veinte años de prisión hasta la cadena perpetua, dependiendo de las circunstancias agravantes del caso.
El secuestro se define legalmente como la privación de la libertad de una persona sin justificación legítima, con intención dolosa y despojo de la libertad personal, protegida bajo el artículo 152 del Código Penal. En casos donde se presenten agravantes, como la muerte de la víctima durante el secuestro, la pena se eleva automáticamente a cadena perpetua.
Además, se menciona la posibilidad de una conclusión anticipada en los casos de secuestro. Aunque los secuestradores pueden optar por este procedimiento para una resolución más rápida del caso, ello no exime la imposición de una sentencia. Se les aplica una pena reducida, considerando la naturaleza del delito y las circunstancias específicas acreditadas en el caso.