Burla a los estudiantes de la UNAM: contrataron alimentación por S/ 106 mil y sirvieron menús con menos proteínas de las exigidas

La UNAM contrató por S/ 106 mil el servicio alimentario, pero los menús aprobados redujeron u omitieron proteínas exigidas para los estudiantes.

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La Universidad Nacional de Moquegua suscribió el 19 de junio de 2026 el Contrato N.° 012-2026-DGA/UNAM con el proveedor Milton Cesar Barba Noles, para brindar desayunos y almuerzos a los estudiantes beneficiarios del comedor universitario de la sede Mariscal Nieto durante el semestre 2026-I.

La contratación, derivada del Procedimiento de Selección No Competitivo N.° 01-2026-DEC/UNAM-1 por una situación de desabastecimiento, fue celebrada por un monto total de S/ 106 862,50 (ciento seis mil ochocientos sesenta y dos soles con cincuenta céntimos).

El servicio tenía un plazo de 37 días calendario: comenzó el 20 de junio y debía culminar el 27 de julio de 2026. Sin embargo, durante la ejecución del contrato, el Órgano de Control Institucional (OCI) identificó dos situaciones adversas que podrían afectar la calidad del servicio alimentario brindado a los estudiantes y generar incumplimientos y penalidades contractuales, según revela el Informe de Visita de Control N.° 008-2026-OCI/5573-SVC de la Contraloría.

MENÚS QUE NO RESPETABAN LA DISTRIBUCIÓN DE PROTEÍNAS

La primera situación adversa se originó en las programaciones semanales presentadas por el contratista y aprobadas por la nutricionista de la Universidad. La comisión de control determinó que la distribución de proteínas de origen animal, tanto en los desayunos como en los almuerzos, no se encontraba programada conforme a las especificaciones técnicas.

Las condiciones del servicio establecían que, en los desayunos, la carne de res y el pollo debían aparecer dos veces por semana cada uno, mientras que la conserva de pescado debía incluirse una vez por semana.

No obstante, entre el 22 y el 26 de junio, el pollo solamente fue programado una vez y la carne de res también apareció una sola vez. Del 1 al 3 de julio no se programó pollo ni conserva de pescado. Entre el 6 y el 10 de julio, la carne de res se incluyó únicamente el viernes 10 y el pollo no fue programado ningún día.

En lugar de las proteínas previstas en las especificaciones técnicas, los menús aprobados por la Universidad incluyeron productos como mermelada, tortilla de verduras, jamonada y hamburguesa. Asimismo, se programó mantequilla los miércoles 1 y 8 de julio, pese a que este insumo no figuraba en la distribución contractual de proteínas para el desayuno.

La situación tampoco se limitó al desayuno. En los almuerzos, las bases establecían que la carne de res, el pescado y el cerdo debían aparecer una vez por semana cada uno en los segundos o platos de fondo.

Entre el 22 y el 26 de junio no se programó carne de res y el pollo apareció durante tres días. Del 1 al 3 de julio, el pollo fue programado como segundo en los tres días evaluados. Entre el 6 y el 10 de julio, nuevamente no se programó carne de res.

El OCI advirtió que las proteínas previstas en el contrato fueron programadas en cantidades o frecuencias menores, sustituidas por otros insumos y, aun así, las programaciones recibieron la aprobación de la entidad.

La tabla del informe muestra que los menús aprobados para los estudiantes no respetaron la frecuencia de proteínas de origen animal exigida en el contrato.

EL COMEDOR FUNCIONABA SIN EL EQUIPAMIENTO EXIGIDO AL CONTRATISTA

La segunda situación adversa fue constatada durante la inspección realizada el 9 de julio de 2026. La comisión de control ingresó al comedor junto con la nutricionista de la Universidad y la nutricionista del contratista para verificar la ejecución del servicio.

La inspección encontró que el proveedor no contaba con el equipamiento estratégico completo establecido en las bases y el contrato.

En los primeros ocho grupos de utensilios revisados, las cantidades encontradas eran menores a las exigidas. Por ejemplo, el contratista debía contar con seis escurridores de fideos de acero inoxidable, pero solamente tenía dos. También debía disponer de seis cuchillos serrucho chico, pero se encontraron dos.

Las deficiencias alcanzaban a ralladores, coladores finos, espátulas, cucharas de espagueti, exprimidores y prensadores de papa.

Además, los utensilios comprendidos entre los ítems 9 y 17 del cuadro de verificación se encontraban totalmente ausentes. No había coladores para lavaderos, escobillas para lavar alimentos, batidores manuales, afiladores de cuchillos, caja organizadora, horno microondas, cucharones para los insumos a granel ni los recipientes plásticos exigidos para conservar alimentos.

El OCI constató utensilios faltantes y verificó que la contratista utilizaba una congeladora, dos refrigeradoras y un coche de acero pertenecientes a la UNAM.

GRAVE: EL PROVEEDOR UTILIZABA EQUIPOS DE LA PROPIA UNIVERSIDAD

El contratista también debía proporcionar una congeladora eléctrica horizontal con una capacidad mínima de 700 litros, tres refrigeradoras eléctricas de 370 litros y un coche de acero de dos pisos.

La comisión no encontró esos equipos como parte del equipamiento aportado por el proveedor.

En cambio, verificó que el contratista venía utilizando una congeladora, dos refrigeradoras y un coche de acero de tres pisos que eran propiedad de la Universidad Nacional de Moquegua.

Es decir, mientras el contrato obligaba al proveedor a instalar y utilizar sus propios equipos, el servicio se ejecutaba con bienes pertenecientes a la entidad contratante.

El informe advierte que el uso de equipos de la Universidad, cuando estos debían ser suministrados por el contratista, podría determinar futuras responsabilidades.

ACTA SEÑALABA QUE TODO EL EQUIPAMIENTO HABÍA SIDO INTERNADO

La inspección física también contradijo un documento suscrito al inicio del servicio.

El 20 de junio de 2026, el contratista y el director de Bienestar Universitario firmaron un “Acta de cumplimiento de equipamiento estratégico”. En ese documento se dejó constancia de que los bienes incluidos en los anexos habían sido internados en el comedor en cumplimiento de los términos de referencia y del contrato.

El acta comprendía expresamente una congeladora eléctrica horizontal, tres refrigeradoras eléctricas y un coche de acero.

Sin embargo, durante la inspección del 9 de julio, la comisión no encontró ninguno de esos equipos como bienes proporcionados por el contratista. Por el contrario, comprobó que se utilizaban equipos de propiedad de la Universidad. El informe no consigna el nombre del director de Bienestar Universitario que suscribió el acta de conformidad.

EL CONTRATO CONTEMPLABA PENALIDADES DIARIAS

El contrato establecía una penalidad por la falta de instalación del equipamiento estratégico requerido y de calidad.

De acuerdo con la cláusula décima primera, correspondía aplicar una penalidad equivalente al 10 % del monto total a pagar por día ante la falta de instalación de dicho equipamiento, previa verificación del personal encargado de la inspección del comedor y la validación de la Dirección de Bienestar Universitario.

El OCI no cuantificó el monto acumulado de una eventual penalidad ni señaló que esta hubiera sido aplicada. No obstante, advirtió que las deficiencias detectadas podían generar la aplicación de las penalidades previstas contractualmente.

LOS ESTUDIANTES TAMPOCO TENÍAN UN LIBRO PARA RECLAMAR

Las condiciones del contrato obligaban al proveedor a contar con un libro de reclamaciones físico o virtual desde el inicio del servicio alimentario.

Durante la inspección del 9 de julio, la comisión constató que el libro de reclamaciones no se encontraba en las instalaciones del comedor universitario.

De esta manera, los estudiantes beneficiarios no tenían disponible en el propio comedor el mecanismo establecido para registrar una queja o reclamo sobre la alimentación, la atención o las condiciones del servicio recibido.

Todo ello ocurría dentro de un servicio contratado por S/ 106 862,50 (ciento seis mil ochocientos sesenta y dos soles con cincuenta céntimos), destinado a garantizar desayunos y almuerzos de calidad, seguros y oportunos para los estudiantes beneficiarios.

El Informe de Visita de Control N.° 008-2026-OCI/5573-SVC fue emitido el 21 de julio de 2026. Ese mismo día, mediante el Oficio N.° 000094-2026-CG/OC5573, el documento fue notificado al rector de la Universidad Nacional de Moquegua, Hugo Rubén Marca Maquera.

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