POR: DRA. FANNY REAÑO BAYONA (*)
“El orden no solamente es en las calles, el orden también tiene que regresar a nuestras escuelas”, manifestó la presidenta Keiko Fujimori al anunciar los nuevos Lineamientos para la Gestión de la Disciplina Escolar. Una frase efectista que para muchos representa el rescate urgente del principio de autoridad pedagógica, pero que para quienes analizamos el derecho y las políticas públicas exige una mirada crítica y vigilante: ¿estamos ante el retorno de una disciplina formativa eficaz o frente a un parche efectista que no frenará la delincuencia?
Desde la perspectiva técnico-jurídica, corresponde recordar que toda iniciativa de esta magnitud debe transitar rigurosamente por los plazos de adecuación y prepublicación formal en el Diario Oficial El Peruano para surtir efectos vinculantes. La norma no se improvisa; se ejecuta respetando el debido procedimiento administrativo y la predictibilidad que toda comunidad educativa pública y privada exige bajo el Estado de derecho.
DEL GARANTISMO PERMISIVO A LA NORMA COERCITIVA
Durante más de quince años, la educación peruana se rigió bajo un modelo garantista mal entendido que terminó por dejar al docente con las “manos atadas” ante la indisciplina y la violencia. Nadie discute que el desorden en las aulas es insostenible y que el respeto al maestro es sagrado. Al contrastar el escenario anterior con las nuevas reglas proyectadas, el cambio de paradigma es innegable:
De la amonestación simbólica a la autoridad efectiva: el docente recupera la facultad legal para corregir y sancionar faltas leves de manera inmediata, devolviéndole su rol esencial de agente socializador.
Retorno de la nota de conducta: se restablece la calificación vigesimal (0 a 20). Una nota menor a 11 será desaprobatoria e impactará de forma directa en el expediente académico del estudiante.
Prohibición de celulares y orden en la presentación: las pantallas quedan restringidas en el aula y se imponen pautas estrictas de higiene, corte de cabello y uniformes reglamentarios en las escuelas estatales.
Retorno de la separación definitiva (expulsión): habilitada con carácter excepcional para faltas muy graves, como extorsión, porte de armas, acoso sexual o agresiones físicas severas.
“Un aula sin límites normativos no forma ciudadanos libres; produce adultos incapaces de convivir bajo las reglas básicas del orden democrático”.
EL ESPEJO MOQUEGUANO, LOS COLEGIOS PRIVADOS Y LA SALUD POSTERGADA
En Moquegua nos enorgullece liderar históricamente las evaluaciones nacionales de rendimiento académico. Sin embargo, los logros cognitivos no nos eximen de la descomposición social. Según los reportes del portal SíseVe del Ministerio de Educación, nuestra región registra cifras preocupantes de violencia y acoso escolar. Tolerar la indisciplina menor en las aulas moqueguanas es la antesala directa de conductas antisociales que más tarde impactan en nuestras calles.
Pero aquí surge una doble omisión alarmante. Por un lado, el peligroso vacío normativo respecto a las instituciones educativas privadas, a las que la Ley N.º 26549 otorga autonomía, dejando en el aire si estarán obligadas o no a cumplir estos estándares de convivencia. Por otro lado, y desde la óptica ineludible de la salud pública, la total desconexión entre la norma punitiva y la crisis de salud mental, sumada a la desatención de la salud sexual y reproductiva.
La violencia escolar, el acoso y la rebeldía extrema no nacen en el vacío. Son el reflejo clínico de infancias heridas, estrés tóxico y entornos familiares desestructurados, donde muchas veces se vulneran la integridad y los derechos en salud sexual y salud reproductiva de los jóvenes. Pretender solucionar un problema de salud pública con medidas puramente coercitivas ignora que la violencia de género y el abuso sexual escolar exigen educación preventiva y contención integral, no solo castigos.
ESPEJO DE ANÁLISIS: REFLEXIONES DE FONDO
Como jurista y especialista en salud pública, planteo tres cuestionamientos ineludibles:
¿El rigor formalista resolverá la criminalidad del siglo XXI? Exigir el cabello corto o regular el largo de la falda es un elemento de orden formal, pero pretender que ello extirpe por sí solo las causas estructurales de la delincuencia juvenil es una peligrosa ilusión.
¿A dónde se confina al estudiante expulsado? Aplicar la separación definitiva sin una red articulada de centros de reingreso, soporte emocional y atención psiquiátrica infantil equivale a arrojar al menor a la marginalidad y a las redes criminales.
¿Es sostenible el orden sin bienestar integral? La disciplina sin un enfoque preventivo de salud mental y de derechos en salud sexual y reproductiva se convierte en un mecanismo de represión que no cura las heridas de la violencia.
“Expulsar a un estudiante sin garantizar un trayecto alternativo de reeducación y contención psicológica no resuelve el problema de seguridad ciudadana: tan solo traslada el conflicto de la escuela a las fauces de la calle”.
APORTES Y EXIGENCIA DE CONTROL POLÍTICO AL CONGRESO
Para que esta reforma no se disuelva en la demagogia de los titulares, propongo tres acciones concretas:
Presupuesto real para salud mental y salud sexual: exigir la implementación efectiva de la Ley N.º 29719, garantizando la presencia obligatoria de psicólogos clínicos y profesionales especializados en salud mental y prevención en salud sexual y salud reproductiva en cada institución educativa pública del país.
Mesa técnica y control político posterior: se exige una activa labor de fiscalización por parte de los senadores y diputados de la República, conformando una comisión bicameral mixta con los sectores Salud y Educación para evaluar, mediante indicadores de impacto, si estas medidas reducen la violencia.
Armonización normativa privada: extender los criterios mínimos de convivencia y bienestar integral a la gestión privada sin vulnerar su autonomía, cerrando brechas institucionales.
REFLEXIÓN FINAL
Restablecer el principio de autoridad en el magisterio es una tarea patriótica e impostergable. No obstante, la disciplina jamás debe ser utilizada como un garrote para excluir, sino como el andamiaje jurídico, ético y de salud pública indispensable para formar ciudadanos libres, sanos y respetuosos de la ley. Frente a este nuevo tablero normativo, queda la gran interrogante que el Estado y la sociedad deben responder con urgencia: ¿estaremos verdaderamente educando y sanando a nuestras nuevas generaciones, o solo aprendiendo a barrer la violencia debajo de la alfombra escolar?
(*) Abogada y obstetra | Doctora en Derecho y Ciencias Políticas (UNMSM) | Doctora en Salud Pública | Maestra en Administración de Servicios de Salud

