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25 noviembre, 2024 10:43 pm

Arequipa: Dictan sentencia de cadena perpetua a profesor acusado de violación sexual

Robert Ángel Montes Velarde, agredió sexualmente en reiteradas oportunidades desde el año 2017, cuando la menor tenía 12 años de edad, aprovechando que se quedaban solos en el inmueble.

El Juzgado Penal Colegiado de Arequipa sub especializado en Delitos Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar sentenció a cadena perpetua al profesor de primaria Robert Ángel Montes Velarde, por abusar sexualmente de una menor de 15 años.

Por unanimidad, los jueces Isabel Huanqui Tejada, Crisley Herrera Claure y Walter Marroquín Aranzamendi, concluyeron en que el imputado es responsable de la comisión del delito contra la indemnidad de sexual en la modalidad de violación sexual de menor de edad con el agravante de que pertenece a su entorno familiar.

Determinaron que la versión que dio la víctima donde relató los hechos fue sólida y coherente, además, que el testimonio pudo ser corroborado con otras pruebas que fueron actuadas en el juicio oral.

Robert Ángel Montes Velarde, según la imputación del Ministerio Público, agredió sexualmente en reiteradas oportunidades en una vivienda que alquilaban en el distrito de Alto Selva Alegre. Las vejaciones iniciaron el 2017, cuando la menor tenía 12 años de edad, aprovechando que se quedaban solos en el inmueble.

El domingo 22 de marzo de 2020, la madre de la menor ingresó a la vivienda y observó cuando el imputado sometía a la adolescente, procediendo así a comunicar los hechos a la policía para su intervención.

Los magistrados, dispusieron el pago de una reparación civil de 40 mil soles, gracias a la actuación del defensor público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que representó al actor civil; asimismo ordenó la inhabilitación de manera definitiva para laborar en instituciones públicas y privadas.

PUEDEN DENUNCIAR

Las niñas, niños y adolescentes pueden denunciar actos de violencia en su agravio o en agravios de otras personas sin la necesidad de la presencia de una persona adulta o representante legal, según lo establece la Ley 30364 – Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.

Análisis & Opinión