Absuelven a ex funcionarios de la MPMN por el caso de la adquisición de máquina bordadora

No hubo los suficientes elementos de convicción, por lo que el magistrado decidió absolver a los imputados. Abog. Edgar Flores Mita, evaluará junto a su defendida hacer una denuncia contra el procurador municipal de la gestión anterior por la acusación realizada.

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Se cumplió con la audiencia de adelanto de fallo en el proceso judicial seguido a ex trabajadores de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto (MPMN) en la gestión de Hugo Quispe Mamani.

El juez Luis Antonio Talavera Herrera del Tercer Juzgado Penal, dio lectura a la sentencia en la Sala 5 de la Corte Superior de Justicia de Moquegua y dispuso el sobreseimiento por el presunto delito de negociación incompatible contra Graciela Castillo Atoche y 4 ex servidores.

El magistrado no encontró responsabilidad en los imputados a excepción del ex jefe de Logística Oscar Domínguez Abarca, por el caso de la presunta adquisición irregular de una máquina bordadora por un monto de 100,000 soles.

Fueron absueltos además, Delfor Cuayla Maquera, Roberto Julio Dávila Rivera, Alex Yoel Calizaya Cuayla y Fausto Mamani Chambilla.

La compra del aparato era para potenciar y apoyar a través de PROCOMPITE a una asociación de confeccionistas moqueguanas que ganaron el concurso, sin embargo el proveedor entregó la bordadora sin cumplir con las especificaciones técnicas, hecho que fue denunciado por el ex regidor Richard Domínguez Ugarte.

Para el jueves 27 de junio a las 16:30 horas fue programada la lectura integra de la sentencia y se espera la presencia de todas las partes.

El representante del Ministerio Público, indicó que esperará la lectura de sentencia para presentar el recurso de apelación al estar disconforme con el fallo.

El Abog. Edgar Flores Mita, defensor de Graciela Castillo Atoche, indicó que se ha demostrado que  no se podía imputar ese tipo de conducta a su patrocinada, ya que la fiscalía en ningún momento estableció cual era la norma que se había transgredido.

“No se puede imputar negociación incompatible en la parte de ejecución de un contrato. Mi patrocinada intervino en la fase de ejecución en su calidad de almacenera en ese entonces. El magistrado ha considerado que la acusación ha sido deficiente y endeble”, expresó.

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