La ley minera entre renovaciones y debilidades

En concreto, lo central de la Ley Minera, es la concesión que realiza el Estado a empresas de espacios territoriales para la exploración y explotación del recurso. El primero se refiere a la indagación del mineral y el segundo a la extracción y procesamiento del mineral. La ley ha perdido vigencia primero porque no se actualiza, segundo porque gran parte de la actividad minera no se cumple.

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El pronunciamiento de los gobernadores del sur en la que exigen una nueva Ley de la Minería al gobierno nacional ha suscitado interrogantes y explicaciones. Sumemos que Elmer Cáceres Llica ha opinado que la nueva Ley debe incluir el permiso ambiental, el permiso social de las comunidades campesinas (El búho, 2009/07). La propuesta no estuvo como prioridad en la agenda política, antes más se discutía acerca de los aportes y responsabilidades de las empresas Mineras. Para algunos el tema es nuevo y para otros es muy desconocido.

Según el archivo de OSINERGMIN el Texto Único Ordenado de la ley General de Minería (DS N°014.92) publicado el 04 de junio del 1992 en su parte preliminar “Todos los recursos minerales pertenecen al Estado, cuya propiedad es inalienable e imprescriptible”, “El Estado…fomenta la inversión y norma la actividad minera…. Realiza la actividad empresarial del Estado y de particulares, mediante concesiones”, más abajo señala la norma que la industria minera es de utilidad pública e interés nacional y sus actividades se realizan mediante el cateo, prospección, exploración, explotación, laborabilidad general, beneficio, comercialización y transporte minero.

En concreto, lo central de la Ley Minera, es la concesión que realiza el Estado a empresas de espacios territoriales para la exploración y explotación del recurso. El primero se refiere a la indagación del mineral y el segundo a la extracción y procesamiento del mineral.  La ley ha perdido vigencia primero porque no se actualiza, segundo porque gran parte de la actividad minera no se cumple.

De resultados tenemos miles de concesiones para exploraciones en la que toman el terreno, ponen un letrero que dice propiedad privada y lo tienen posesión sin invertir ni un dólar en ella.

Adicionemos que la minería informal se ha incrementado y la concesiones se entregan como pan de cada día. Ese es el caso del sur del país, según el Catastro de Ingemmet al 30 de junio tiene acumulados más de 10 mil denuncios mineros con un total de aproximadamente tres millones de hectáreas (Cuadro N° 01).

Añadimos que la poca rigurosidad y perpetuidad de la concesión bajo el supuesto de facilitar la inversión minera ha ocasionado enfrentamientos con las comunidades por afectaciones ambientales y afectaciones acuícolas,

De otro, lado la revista Semana Económica que publica artículos de bloggeros ligados a las empresas mineras critica toda iniciativa que este dirigida a modificar la Ley Minera y de Hidrocarburos, en especial al proyecto de Ley presentado por Nuevo Perú que plantea derogar los artículos de la Ley que dispone la devolución de IGV e impuestos de Promoción Municipal a las empresas mineras en el tiempo de la exploración de la concesión.

En su concepción la devolución de impuestos en esta fase son incentivos a la inversión de alto riesgo, reduce los costos en 18% hasta llegar a la etapa de la explotación, agregan que si ello ocurriera se desactiva la inversión en la minería e hidrocarburos pues el país sería menos atractivo a comparación con otros países.

Los contadores saben que el IGV es un pago que pagan los productores iniciales y las exportaciones no son afectos. Lo que ha ocurrido en los últimos años es que desde el 2010 al 2014 las devoluciones fueron más o menos constante, pero a partir del 2015 estas se elevaron sustancialmente, en el 2016 era de S/ 16,268 millones, el 2017 llegaron a los S/ 12,100 millones de soles, ya en el 2016 el IGV y el IR (Impuesto a Renta de tercera categoría) bajada a S/ 1,944 millones.

Es decir, el Estado según la estadística de la SUNAT devolvía más de lo que recibía de la actividad minera. El sentido lógico es que algo está mal, y no solo era por las exoneraciones en las exploraciones sino también por la producción y comercialización de ella. (Véase Gráfico N° 01). Esta situación ningún país lo aguanta porque el Estado está subsidiando a las empresas mineras en detrimento de la obra pública, los sueldos del sector público.

Al respecto la web CooperAccion (*) señala que “En la práctica se ha observado que cuando las empresas incrementan sus utilidades y por lo tanto aumenta el Impuesto a la Renta a pagar, aplican las devoluciones contra el pago de este impuesto, con lo cual disminuye el Impuesto a la Renta efectivamente pagado. Pero cuando las utilidades disminuyen y es menor el Impuesto a la Renta a pagar, las mineras optan por pedir que se les devuelva de manera efectiva”.

En fondo de esta telaraña en la que unos succionan y otros son succionados, se tienen que poner orden y limpieza. Se tiene que revisar la legislación minera, las elusiones, evasiones, exoneraciones indebidas, depreciación acelerada y todas aquellas que tratan de sacarle la vuelta al empobrecido Estado que deja escapar el agua por el medio de sus dedos para ser recibidos por algunos vivarachos que las partes bajas lo recogen en grandes baldes.

(*)http://cooperaccion.org.pe

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