Los personeros de mesa de las agrupaciones políticas acreditados podrán observar la instalación, el sufragio y el escrutinio durante las elecciones, además de formular reclamos o impugnar votos cuando corresponda. Entre sus facultades también figura solicitar un ejemplar del acta electoral.
Sin embargo, su presencia en los locales de votación está sujeta a restricciones que deberán respetar durante el desarrollo de los comicios.
LO QUE NO PUEDEN HACER
Según informó la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) Mollendo, durante el cumplimiento de sus funciones no podrán manipular material electoral, efectuar grabaciones ni realizar proselitismo. Tampoco está permitido que entablen conversaciones o discusiones con electores, miembros de mesa u otros personeros, ni que soliciten explicaciones sobre hechos que no hayan presenciado.
Estas disposiciones forman parte de los contenidos que viene reforzando la ODPE Mollendo mediante sesiones presenciales y virtuales dirigidas a representantes de las organizaciones políticas.

