En el desarrollo de la primera sesión de Concejo extraordinaria del año 2019, y de la nueva gestión edil de la Municipalidad Provincial de Islay (MPI), llevada cabo ayer en Mollendo, se acordó por unanimidad, la aprobación de la remuneración del alcalde y dietas de regidores. Así lo dio a conocer el teniente alcalde, Jorge Gutiérrez Bedregal.
“Nosotros hemos basado este tema de acuerdo a la Ley 28212 que regula las remuneraciones de altos funcionarios, y el alcalde es un alto funcionario. En ese sentido se ha hecho un nuevo cálculo de la remuneración del alcalde y la dieta de los regidores. A esto se agrega que al tener mayor crecimiento de población electoral por las últimas elecciones, el MEF pide que el recálculo se haga pronto, por que el 31 de enero cierra su sistema. Así se ha fijado que la remuneración del alcalde pase de 4500 soles a 5850 soles y, las dietas de los regidores suben a 1755 soles (habiendo sido antes de mil soles)”
Consultado sobre si los regidores podrían prescindir de este incremento en sus dietas mensuales por sesiones de concejo, el regidor Gutiérrez sostuvo que hacerlo sería obviar la ley, pues la norma dispone que se haga el recálculo. Dijo que de acuerdo a asesoría legal, si no se toma en cuenta estos ajustes, pasaría a ser ilegal. Puntualizó: “No puedo estar de acuerdo con algo que no está dentro de la ley; dentro de la ley, sí estaría de acuerdo”.
OTRA VERSIÓN: LEY 30879
De otro lado, el abogado municipalista Norberto Lajo, dijo que no se debió tomar este acuerdo de Concejo, pues está en vigencia la Ley 30879, que es la ley del presupuesto del sector público para el 2019, publicada el 6 de diciembre de 2018 que prohíbe el incremento de remuneraciones.
“En su artículo 6, capítulo 2, sobre ingresos de personal, dice taxativamente: ‘Prohíbese en las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, (…) el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, beneficios, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas y conceptos de cualquier naturaleza, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad y fuente de financiamiento…’. No debieron incrementarse el sueldo. Eso está prohibido por esta ley, por este artículo”
Manifestó que para la aprobación de este reajuste, se habrían basado en un dispositivo en donde se establece las remuneraciones según el número de la población electoral y de los valores de la Unidad de Ingreso del Sector Público, sin tomar en cuenta la prohibición de la ley 30879 que es una ley especial.
“Ahora, una ley establece la unidad de ingreso del sector público con lo cual se incrementa y luego está la ley del presupuesto: ‘¿cuál de las dos leyes aplico?’. Si hay contradicción entre lo que dice la ley de aspectos generales (la de permitir el incremento) y la ley especial (la 30879, de la prohibición), se aplica lo que determina la ley especial” puntualizó el abogado mollendino.
DATOS
En la sesión de Concejo extraordinaria también se acordó legalizar las firmas de los funcionarios para el pago de los trabajadores.
Se anunció que la primera sesión ordinaria será este viernes y se tratará el tema de la formación de comisiones.