Contraloría: nombraron jefe sin cumplir requisitos en el Hospital Regional de Moquegua

Aunque posteriormente se dispuso el retiro de confianza del funcionario Percy Marcial Tumpi Ajrota, la Contraloría precisa que la irregularidad se configura desde el momento en que se concretó la designación. La medida posterior no corrige ni invalida el acto inicial.

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Una decisión administrativa adoptada en la Dirección Regional de Salud Moquegua ha quedado bajo cuestionamiento tras la intervención de la Contraloría General de la República. El órgano de control ha documentado que un cargo estratégico dentro del Hospital Regional fue ocupado sin cumplir los requisitos técnicos mínimos exigidos por ley, abriendo un frente de responsabilidad en la gestión institucional.

Se trata del caso del abogado Percy Marcial Tumpi Ajrota, quien, según el informe, fue designado como jefe de la Unidad de Personal del Hospital Regional sin cumplir los requisitos mínimos y que provenía de las oficinas de Desarrollo Social a cargo de la Lic. Katherine Ancco.

DESIGNACIÓN BAJO CUESTIÓN

El Informe de Acción de Oficio Posterior N.° 005-2026-2-0829-AOP concluye que la designación del abogado Percy Marcial Tumpi Ajrota como jefe de la Unidad de Personal del Hospital Regional de Moquegua se realizó en condiciones irregulares

El funcionario no acreditó los dos años de experiencia específica ni el año en cargos directivos que exige el Manual de Clasificador de Cargos del MINSA, aun así, y en tiempo récord, la Oficina de Recursos Humanos de la DIRESA le extendió el “visto bueno” el mismo día que recibió su propuesta, pese a que se trata de un cargo clave dentro de la estructura administrativa del hospital, responsable de la gestión de recursos humanos, cuya idoneidad resulta determinante para el funcionamiento interno de la institución.

De acuerdo con el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud, el cargo exige no solo formación profesional, sino también experiencia específica en funciones equivalentes o cargos directivos.

El informe establece que, si bien el funcionario acreditaba experiencia general, no logró demostrar la experiencia específica mínima requerida. Este elemento resulta decisivo, ya que constituye un requisito obligatorio para el acceso al cargo y no una condición complementaria.

ADVERTENCIA INTERNA QUE NO DETUVO EL PROCESO

Uno de los aspectos más sensibles del caso es que la propia documentación interna ya había advertido la situación. Antes de concretarse la designación, un informe técnico de Recursos Humanos dejó constancia de que el postulante no cumplía con los requisitos del perfil del puesto.

El documento de Recursos Humanos, fechado el 22 de agosto de 2025, aseguraba que el abogado no registraba impedimentos. Sin embargo, la propia Contraloría comprobó que las consultas reales a los sistemas de sanciones y deudores judiciales se realizaron recién el 25 de agosto. Es decir, primero se le dio luz verde y después se habría intentado justificarla.

El análisis efectuado por la Contraloría revela inconsistencias en la experiencia presentada por el funcionario. Se identifican periodos laborales superpuestos, registros de corta duración y actividades que no permiten acreditar funciones equivalentes a un cargo de jefatura.

El informe también establece una diferencia fundamental: el ejercicio profesional como abogado no equivale automáticamente a experiencia en gestión o dirección administrativa, que es precisamente la exigida para el puesto.

En su documentación de postulación, el funcionario declaró cumplir con los requisitos y encontrarse apto para asumir el cargo. Sin embargo, la revisión posterior evidencia que no se alcanzaba el estándar mínimo exigido en experiencia específica.

Este aspecto es vinculado por la Contraloría con el principio de veracidad que rige los procedimientos administrativos, conforme a la normativa vigente.

La permanencia de Tumpi Ajrota en el cargo también estuvo rodeada de decisiones cuestionables. Aunque en diciembre de 2025 se le retiró la confianza, el director ejecutivo del Hospital, Otto Oliveros Suarez, solicitó revocar esta decisión por «disposiciones de la alta dirección». Sin embargo el funcionario continuó en el cargo hasta febrero de este año, pese a no cumplir con los requisitos legales.

MARCO LEGAL VULNERADO

El informe identifica fallas en la cadena de evaluación y decisión. Por un lado, la Oficina de Recursos Humanos no realizó una verificación adecuada del cumplimiento del perfil. Por otro, el titular de la entidad, en su calidad de autoridad competente, procedió a formalizar la designación sin garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos.

La secuencia administrativa revela además que la evaluación, validación y propuesta se desarrollaron en un mismo día, lo que evidencia un proceso sin la profundidad de revisión que la normativa exige.

La Contraloría sustenta el hecho irregular en el incumplimiento de normas que regulan el acceso a la función pública, entre ellas la Ley del Servicio Civil, la Ley de idoneidad para cargos públicos y el reglamento aplicable a funcionarios de libre designación.

Estas disposiciones obligan a las entidades a verificar de manera estricta el cumplimiento del perfil del puesto antes de formalizar cualquier designación.

El informe advierte que la situación identificada afecta la legalidad del acceso a la función pública y compromete el adecuado funcionamiento de la administración institucional. La designación de un funcionario sin cumplir los requisitos técnicos no solo vulnera el principio de meritocracia, sino que introduce riesgos en la gestión interna de la entidad.

Aunque posteriormente se dispuso el retiro de confianza del funcionario, la Contraloría precisa que la irregularidad se configura desde el momento en que se concretó la designación. La medida posterior no corrige ni invalida el acto inicial.

El órgano de control ha recomendado a la entidad adoptar las acciones correspondientes para corregir la situación y evaluar el deslinde de responsabilidades administrativas. Para ello, se ha otorgado un plazo específico para informar sobre las medidas adoptadas.

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