POR: ARNULFO BENAVENTE DÍAZ
La Constitución Política del Perú limita al Estado la industrialización, al punto de que no puede usar las herramientas para desarrollar industria y valor agregado.
¿QUÉ ARTÍCULOS GENERAN LA LIMITACIÓN?
Es el artículo 60, lo referente al rol subsidiario del Estado. El Estado solo puede hacer empresa “de manera excepcional”.
Esto impide empresas estatales industriales, petroquímica, metalmecánica, banca de desarrollo y refinación de minerales. El Estado debe actuar “como empresa privada”. Impide monopolios estratégicos. No se pueden proteger industrias nacientes. Ningún país se industrializó sin protección temporal. El modelo constitucional prioriza libre mercado, no desarrollo industrial.
¿QUÉ REFORMAS SE NECESITAN?
Permitir un Estado productivo y estratega. Crear empresas estatales en sectores clave: litio, petroquímica, siderurgia. Habilitar monopolios públicos estratégicos. Permitir políticas industriales: aranceles, subsidios, protección temporal. Crear un Banco Nacional de Desarrollo. Exigir transformar recursos dentro del país antes de exportar. Iniciar planificación productiva a largo plazo.
Industrialización con valor agregado significa transformar recursos: litio, cobre, gas, pesca, agro. Invertir al menos 1 % del PBI en innovación. Cada región con industria propia. Infraestructura moderna: carreteras, energía, puertos, ferrocarriles, zonas industriales.
En realidad, se requiere un Perú que deje de exportar materias primas y que cree tecnología, desarrollo, industria propia, sólida.

