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27 noviembre, 2024 12:15 am

Vela, Pérez y Gorriti cometieron delito de cohecho en cerco criminal contra Alan García

Según Villanueva la estrategia fiscal se planificó junto al periodista Gustavo Gorriti y se procedió a solicitar impedimento de salida del país del ex presidente.

POR: ABOG LUIS MIGUEL CAYA SALAZAR   

El pasado 30 de enero, Jaime Villanueva Barreto, ex asesor de Patricia Benavides confirmó lo que todos los peruanos sospechaban: Rafael Ernesto Vela Barba y José Domingo Pérez Gómez, actuaron coordinadamente con el periodista de IDL Gustavo Gorriti en más de una investigación penal.

Uno de esos casos fue la investigación a Alan García, relacionada con el tramo 1 y 2 del metro de Lima, donde se elaboró un cerco criminal concertado entre los fiscales y el periodista que acorraló al expresidente y lo llevó a tomar una decisión fatal.

Jaime Villanueva, señaló en su declaración que, Rafael Ernesto Vela Barba, filtró información del caso, dicho de otro modo, le entregó información de carácter reservado a Gustavo Andrés Gorriti Ellenbogen, director de IDL reporteros, correspondiente a la investigación que se seguía en contra del ex mandatario respecto a los recibos de pago que Odebrecht había hecho por las conferencias del ex presidente Alan García Pérez procediendo luego de ello a buscar apoyo mediático y cobrar favores al periodista Gustavo Andrés Gorriti Ellenbogen, producto de esa “vieja negociación” para permanecer en su cargo, para que Zoraida Avalaos -Fiscal de la Nación en ese momento- no lo removiera de la coordinación del equipo Lavajato; es así que Rafael Vela le hizo la siguiente revelación a Jaime Villanueva, “…Jaimito he hablado con Gustavo (Gorriti) y le he cobrado lo de Alan García, porque yo a él, a Gustavo, le di toda la información para cercar a García”.

La Frase “para cercar a García” tendría como origen lo ocurrido el pasado 15 de noviembre del año 2018, día en que Alan García acudió al Ministerio Público como parte de las investigaciones que pesaba sobre el en el caso Metro de Lima tramo 1 y 2.

Según Villanueva la estrategia fiscal se planificó junto al periodista Gustavo Gorriti y se procedió a solicitar impedimento de salida del país del ex presidente. “El viene cuando Alan estaba aquí. Gorriti saca un reportaje con los recibos del pago que Odebrecht había hecho por las conferencias de Alan García, en el mismo momento en que Alan está en la citación con José Domingo”, señaló Villanueva en su declaración del 30 de enero del presente año.

La publicación de IDL Reporteros en esa fecha se llamó: “Alan García y la caja 2”, ahí se detalló que García habría recibido dinero sucio de Odebrecht cuando el realizaba conferencias en el extranjero.

Lo que señala Villanueva es que los denunciados actuaron coordinadamente. Es por ello que, Rafael Vela, tiempo después, le habría hecho mención que le cobró el favor a Gustavo Gorriti, por el caso Alan García. “En el mismo momento en que Alan está en la citación con José Domingo, José Domingo ya había pedido el impedimento de salida. Entonces, toda es planificación, lo que busca era que Alan no se vaya. Me comentó Rafael que la había hecho con Gustavo, por eso me dijo: he ido a cobrarle lo de Alan. Entonces, allí Gustavo Gorriti sale, me parece que es en una entrevista, a apoyar a Vela”, mencionó Jaime Villanueva en su declaración del 30 de enero del presente año.

EL DELITO DE COHECHO

Estos hechos criminales nos hacen presumir que Rafael Ernesto Vela Barba y José Domingo Pérez Gómez, habrían cometido el delito de Cohecho pasivo propio, previsto y sancionado en el artículo 393° del Código Penal. Mientras que Gustavo Andrés Gorriti Ellenbogen, habría cometido el delito de Cohecho activo genérico, previsto y sancionado en el artículo 397° del mismo cuerpo normativo.

Recordemos que el Artículo 393° del C.P., establece sobre el Cohecho pasivo propio: “El funcionario o servidor público que solicita, directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones o a consecuencia de haber faltado a ellas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de ocho años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.”

Mientras que, el Artículo 397° del C.P. establece sobre el  delito de Cohecho activo genérico: “El que, bajo cualquier modalidad, ofrece, da o promete a un funcionario o servidor público donativo, promesa, ventaja o beneficio para que realice u omita actos en violación de sus obligaciones, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años; inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36; y, con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.” (…)

Delitos en lo que los fiscales Rafael Ernesto Vela Barba y José Domingo Pérez; y, el periodista de IDL Reportes Gustavo Andrés Gorriti Ellenbogen habrían incurrido; por lo que el Ministerio Público deberá de iniciar de inmediato las investigaciones que correspondan.

Análisis & Opinión