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22 noviembre, 2024 9:15 am

Sétima Constitución Política de 1860

Por: Edgard Norberto «Beto» Lajo Paredes   

Empieza diciendo: “El Congreso de la República, autorizado por los pueblos para reformar la Constitución política del año de 1856, da la siguiente: Constitución”. “Aprobada por el Congreso Ordinario de 1860. Rigió del 13 de noviembre de 1860 al 18 de enero de 1920. No rigió durante la breve vigencia de la Constitución de 1867”. (Colección Constitucional Peruana, tomo II, Primera Edición Julio 2006, Ministerio de Justicia, Editorial Perú, pág. 101). Siendo la más longeva, sesenta años duró.

El Gran Mariscal Ramón Castilla, entró al Poder Político estando vigente la Constitución de 1839, la cual derogó y promulgó la Constitución de 1856, la misma reformó dando la Constitución Reformada de 1860.

POR QUÉ FUE LA MÁS LONGEVA

El investigador y constitucionalista Carlos Ramos, señala: “Su talante moderado explica su perdurabilidad y su contenido la urgencia de dejar sin efecto la Constitución radical a la que se sobreponía. ‘La razón fundamental de tan larga duración fue su tono moderado y su adaptación a la realidad’, en palabras de Lizardo Alzamora”. (“La Letra de la Ley. Historia de las constituciones del Perú”, Centro de Estudios Constitucionales, Tribunal Constitucional del Perú, Primera Edición junio de 2018, pág. 71).

CONSTITUCIÓN Y DEBATES IDEOLÓGICOS

En el primer Congreso, instalado el 20 de setiembre de 1822 que aprobó la primera Constitución Política de 1823, se dio el primer debate ideológico entre monárquicos y republicanos; aquéllos planteaban un régimen político de Monarquía Constitucional (ser gobernados por un Príncipe de la Casa Real de España), su mentor José de la Riva Agüero y Sánchez-Boquete; éstos propugnaban el régimen político de República (ser gobernados por ciudadanos elegidos por ciudadanos) con separación de Poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, su ideólogo Francisco Javier de Luna Pizarro.

Las Cartas Políticas de 1839 y 1856, se dieron en medio del segundo debate ideológico entre conservadores y liberales, siendo sus representantes: Bartolomé Herrera y José Gálvez Egúsquiza, respectivamente, siendo sus productos constitucionales la conservadora Constitución de 1839, posteriormente, la liberal Constitución de 1856, siendo el tema central del debate la predominancia del Poder Ejecutivo sostenida por los conservadores, y la primacía del Poder Legislativo bandera de los liberales.

¿SURGIMIENTO DE LOS CENTRISTAS?

Del antagonismo ideológico de las Constituciones de 1839 y 1856, surgió la moderada Constitución de 1860, por lo que “el jurista Manuel Toribio Ureta, habría de generar un producto intermedio: la Constitución de 1860”. (ob. cit. pág. 71). Y “Manuel Vicente Villarán, anota: El espíritu de la Constitución del 60 (…) es un espíritu de conciliación entre las tendencias contrarias manifestadas por la Constitución del 39 de un lado, y de otro, por la Constitución del 56. Busca una conciliación entre la tendencia a extremar la fuerza y la autoridad del Poder Ejecutivo, dando al presidente de la República un poder demasiado grande y la tendencia antagónica de la Constitución del 56 de debilitar excesivamente la fuerza y el poder del presidente de la República, llevándola a extremos que significan completa tutela y completa impotencia para el Poder Ejecutivo en relación al Congreso. Es posible que el acierto con que los constituyentes del 60 resolvieron este problema de la relación entre Gobierno y el Congreso, sea la explicación del éxito de esta Constitución que ha durado más que todas las constituciones (…)”. (ob. cit. págs. 72 y 73). “Sobre este punto, Dominga Pérez Liendo anota: La Constitución del 60 no se conforma dentro de ninguna tendencia doctrinaria, no se afirma en ningún criterio político. Concilió los intereses políticos del momento en que se le elaboraba y continuó siendo después un conjunto de norma sin espíritu y sin doctrinas y que a medida que el tiempo sumaba años, se hacía más eficaz”. (ob. cit. pág. 73).

¿LA SÍNTESIS IDEOLÓGICA, COMO PROGRAMA POLÍTICO? 

Somos la mayoría de peruanos políticamente centristas (acogemos aspectos de la tesis, también de la antítesis en una síntesis) e ideológicamente eclécticos (equidistantes de los extremos de derecha e izquierda) y filosóficamente aristotélicos (inclinados al justo medio). En el fondo, los peruanos preferimos la libertad al dogmatismo, la democracia a la dictadura, la independencia a la dominación, el Estado de derecho al absolutismo.

Análisis & Opinión