En diciembre del año que pasó, la empresa Southern Peru sancionó con el despido a un trabajador que, mientras desarrollaba una labor de riesgo, hacía uso de su celular.
La acción del trabajador constituye una falta grave, no solamente por haber incumplido con las disposiciones establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo y el Reglamento Interno de Salud Ocupacional de Southern Perú, sino por haber puesto en riesgo su vida y la de sus compañeros, en una labor operativa que requiere el 100% de atención.
Luego de su desvinculación laboral, el mencionado trabajador solicitó su reposición por la vía judicial, alegando despido fraudulento.
La falta cometida atenta, entre otros puntos, con lo dispuesto en el Reglamento Interno de Salud Ocupacional, que señala que “los trabajadores están obligados a realizar toda acción conducente a prevenir o conjurar cualquier incidente peligroso y accidentes de trabajo propios y/o de terceros”.
El pasado 5 de mayo, el Juzgado Mixto – Sede Locumba declaró infundada la demanda del trabajador, validando el incumplimiento a las disposiciones y reglamentos laborales de seguridad.
Southern Perú imparte permanentemente charlas de seguridad a todos sus trabajadores y difunde comunicaciones de carácter preventivo respecto a las posibles consecuencias de acciones peligrosas, como la distracción durante la conducción de equipos y la prohibición de llevar al trabajo los teléfonos celulares, como lo hacen diversas instituciones, entre las que se encuentran las mismas oficinas del Poder Judicial.
La resolución judicial fundamenta y fortalece la pertinencia y necesidad de aplicar reglamentos y disposiciones que no tienen otro fin que el preservar el bien más preciado que cada trabajador posee: la vida.