POR: DR. PHD. JAVIER FLORES AROCUTIPA
La Ley del Canon Minero (Ley N.º 27506) establece que la distribución de los recursos provenientes de la actividad minera debe considerar criterios de población, pobreza y necesidades básicas. En teoría, este modelo buscaba corregir desigualdades sociales asignando más recursos a las regiones con mayores niveles de pobreza. Sin embargo, en la práctica, ha generado distorsiones estructurales que castigan a las regiones altamente productivas, pero con menor población, como Moquegua, y benefician desproporcionadamente a otras como Arequipa y Tacna, al no reconocer el aporte real de producción ni los costos ambientales asociados.
PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN: UNA INCOHERENCIA ESTRUCTURAL
Los datos son contundentes. Hasta julio de 2025, Moquegua concentró el 66% de la producción conjunta de cobre entre Tacna y Moquegua, con 282,115 toneladas métricas finas (TMF) frente a 145,335 TMF de Tacna.
En exportaciones, la diferencia es aún mayor: Moquegua registró US$ 4,398 millones, mientras Tacna apenas US$ 507 millones, según DataComex. Es decir, Moquegua produce y exporta mucho más, fortaleciendo la balanza comercial nacional y la recaudación fiscal.
Pese a ello, la distribución del canon minero refleja una profunda desproporción. En 2025, Arequipa recibió S/ 1,035 millones, Tacna S/ 716 millones y Moquegua solo S/ 643 millones.
Entre 2004 y 2025, el acumulado muestra que Arequipa ha recibido S/ 9,926 millones, Tacna S/ 7,777 millones y Moquegua S/ 6,495 millones, a pesar de su altísima productividad minera.
El desfase evidencia que la ley prioriza criterios demográficos sobre la contribución económica, desincentivando la eficiencia productiva y la gestión sostenible de recursos.
LA PARADOJA DE LA POBREZA Y LA EFICIENCIA REGIONAL
El argumento legal que respalda la actual fórmula de distribución se basa en los índices de pobreza, pero los datos sociales muestran una realidad inversa.
En 2024, Moquegua registró solo 21,800 personas en pobreza, frente a 279,433 en Arequipa y 91,300 en Tacna. En otras palabras, Arequipa tiene 12.8 veces más pobres que Moquegua, y Tacna 4.2 veces más.
Paradójicamente, esto implica que una región más eficiente, productiva y con mejor gestión social recibe menos recursos, mientras que otras con mayor pobreza —muchas veces resultado de una gestión deficiente— son premiadas con un mayor canon.
El resultado es una estructura de incentivos regresiva: se castiga la productividad y la eficiencia, mientras se premia la ineficiencia.
EL CANON COMO SUBSIDIO Y NO COMO INCENTIVO
El canon minero fue concebido como un mecanismo compensatorio que devolviera a las regiones parte de la renta generada por la explotación de sus recursos naturales. Sin embargo, hoy opera más como un fondo redistributivo social, semejante a un subsidio poblacional.
Esta visión desvirtúa su propósito original: el canon no debería ser una transferencia asistencial basada en la pobreza, sino una retribución por la generación de riqueza y los pasivos ambientales asumidos.
Moquegua, por ejemplo, soporta presión sobre su infraestructura hídrica, contaminación y uso intensivo del suelo, impactos directos de la minería. Aun así, recibe menos recursos que regiones menos afectadas, pero con mayor población.
Esto contradice los principios de equidad territorial y sostenibilidad fiscal, al no compensar adecuadamente los costos ambientales y sociales que enfrentan las regiones productivas.
HACIA UNA REFORMA INTEGRAL DEL CANON
Modificar la Ley del Canon Minero no significa desatender a las regiones más pobres, sino diseñar un modelo equilibrado que reconozca tanto la necesidad social como la contribución productiva y ambiental.
Se propone un modelo mixto de redistribución, con la siguiente ponderación:
- Producción y exportación minera (50%), para recompensar el aporte real al PBI y a las exportaciones.
- Impacto ambiental y territorial (30%), para compensar a las regiones que asumen los costos ecológicos.
- Criterios sociales y de pobreza (20%), para mantener un componente solidario.
Solo así se podrá construir un sistema de canon más justo, eficiente y sostenible, que incentive la competitividad regional y corrija las desigualdades estructurales del modelo actual.
CONCLUSIÓN
La evidencia económica y social demuestra que la actual Ley del Canon Minero no responde a los principios de equidad ni de eficiencia económica.
Urge una reforma integral que restablezca la relación entre producción, aporte fiscal y compensación territorial, de modo que regiones como Moquegua, que generan riqueza y asumen pasivos ambientales, reciban lo que justamente les corresponde.
El futuro del desarrollo descentralizado del Perú depende de un canon que premie la productividad y no solo la pobreza o el tamaño poblacional.




