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19 mayo, 2025 6:57 pm

Una vacancia presidencial notable en 1860

El 16 de abril de 1858, los diputados Toribio Casanova, Manuel C. Torres, Fernando Casos, Luciano Benjamín Cisneros, y el Piurano Manuel Seminario y Váscones, presentaron una moción que declaraba a la patria en peligro, y la vacancia de la Presidencia de la República, que pasó a una comisión especial. A poco se iniciaron gestiones en Palacio de Gobierno entre el presidente Ramón Castilla y un grupo de parlamentarios, tratativas que parecían orientadas al fracaso.

POR: MIGUEL ARTURO SEMINARIO OJEDA (DIRECTOR DEL MUSEO ELECTORAL Y DE LA DEMOCRACIA DE LA DNEF DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES)   

Al parecer los pedidos de vacancia presidencial no tienen nada de nuevo, ya lo hemos visto desde el siglo XIX, que ocurrió con el presidente de la República, don Ramón Castilla, en 1860, tomando como fuente al historiador de la República, don Jorge Basadre.

Después de la derrota de los vivanquistas, por Castilla, en 1857, al año siguiente, se hizo elecciones, después que se descubrió una conspiración contra Castilla en enero de 1858. En el norte peruano gobernaba a nombre de Castilla, el Consejo de Ministros, y él, en el sur. La Convención Nacional elegida en 1855 estaba disuelta y declarada en rebeldía, después del manifiesto del 11 de noviembre, pese a que el general José María Raygada garantizaba el mantenimiento del orden social.

Lo cierto es que en marzo de 1858, ya Ramón Castilla estaba libre de enemigos políticos, y el Consejo de Ministros, integrado por el piurano José María Raygada, Manuel Ortiz de Zevallos, Luciano María Cano y Juan M. del Mar, convocó a elecciones de un Congreso extraordinario, y también para elegir a presidente y vicepresidente de la República, como se estipulaba en la Constitución de 1856, presentándose Castilla como candidato, y también el general José Miguel Medina, acompañado de José Gregorio Paz Soldán; un tercer candidato fue Domingo Elías.

El Congreso Extraordinario se instaló el 12 de octubre de 1858, y proclamó a Castilla como presidente constitucional, y a Juan Manuel del Mar como vicepresidente. Castilla, que desde 1855 ejercía como presidente provisional, fue el más votado, con 432 mil preferencias, Medina obtuvo 69.000, y Domingo Elías apenas si llegó a 51 mil. De inmediato se abordó el tema de la reforma constitucional, cuyos artículos, debatidos en la Cámara de Diputados, no siempre recibieron la aprobación inmediata de la Cámara de Senadores.

Poco después se suscitó un conflicto entre el gobierno y el Congreso, por lo protagonizado por Pablo Arguedas Hurtado, que, actuando bajo las órdenes de Castilla en varias campañas, en 1857 disolvió la Convención Nacional con un grupo de soldados, después de los desacuerdos entre el gobierno y la Convención, pese a que se había decretado, que pronto se elegiría al presidente y al vicepresidente de la República. En 1858 la Convención rechazó el ascenso de Arguedas por el atentado contra la Convención, generando una reacción contraria en Castilla, porque el Congreso propuso la pena de destitución del empleo que tenía Arguedas.

El Consejo de Ministros manifestó al Congreso, que de ningún modo el gobierno seguiría sus acuerdos, por lo que ambas cámaras citaron al Congreso a 5 ministros, asistiendo solo 3, expresando uno de ellos, que Castilla no estaba de acuerdo con lo acordado sobre Arguedas, pero lo cumpliría. Poco después, el 12 de abril, Pedro Bustamante, presidente del Congreso, promulgó las resoluciones legislativas que enfrentaron al Ejecutivo y al Legislativo.

El 16 de abril de 1858, los diputados Toribio Casanova, Manuel C.  Torres, Fernando Casos, Luciano Benjamín Cisneros, y el Piurano Manuel Seminario y Váscones, presentaron una moción que declaraba a la patria en peligro, y la vacancia de la Presidencia de la República, que pasó a una comisión especial. A poco se iniciaron gestiones en Palacio de Gobierno entre Castilla y un grupo de parlamentarios, tratativas que parecían orientadas al fracaso.

En medio de esto, el Gobierno maniobró el ánimo de los más encendidos en su contra, que solo aprobaron la moción de que la patria se hallaba en peligro, por 44 votos a favor y 32 en contra; y en contra de la vacancia se tuvo 42 votos, y solo 33 a favor, los perdedores pidieron una declaración para recesar el Parlamento.

Poco después, se clausuró el Congreso Extraordinario y se instaló el Congreso Ordinario. No estaba distante mucho el año 1849, cuando se produjo la primera caída de un ministro en el Perú, por el voto parlamentario, reiterándose que “los congresos constitucionales representaban la soberanía popular y podían separar a un ministro contra la voluntad del presidente”. Se dejó claro, el derecho al Parlamento, a declarar que los ministros no merecían su confianza, cuando el caso así lo ameritase.

En la Constitución de 1856 se había limitado la autoridad del presidente de la República, se redujo el tiempo de gobierno de 6 a 4 años; y se consideró el derecho de acusar al presidente durante el periodo de su mando por infracciones directas a la Constitución. También se aprobó el sometimiento expreso del jefe del Estado al juicio de residencia y a la responsabilidad con arreglo a las leyes.

Ramón Castilla.

Análisis & Opinión