Tras las declaraciones del alcalde distrital de Cocachacra, Abel Suarez en un medio televisivo, sobre el pago pendiente de impuestos de la empresa Southern Perú a la comuna, voceros de la minera aclararon que estos pagos se realizaron en su momento bajo protesto, pero que, según el artículo 76 de la Ley General de Minería “los predios no comprendidos en zonas urbanas no se encuentran afectos a tributos municipales”.
CARTA DE OGR AL MUNICIPIO
Señalan que esta versión se hizo de conocimiento al alcalde cocachacrino en una carta que le envió el presidente ejecutivo de Southern Perú, Óscar González Rocha (OGR) el 26 de julio de 2023 en donde daba cuenta de las normas citadas y el esclarecimiento jurídico de la solicitud municipal.
BAJO PROTESTO
Aclaran que el pago que se vino realizando, entre el 2005 y 2018, bajo protesto, fue en el alegato del municipio de que la obligación tributaria se generó por “costumbre” a pesar de los dispuesto en la ley.
POR “COSTUMBRE”
Además, citan que, al no existir, por norma, la creación de un tributo “no resulta posible exigir tributos por aplicación de la interpretación o la costumbre” ello en concordancia a los Principios de Legalidad y Reserva de Ley.