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26 noviembre, 2024 4:40 am

Sobre Ruedas

Por: Henry Salazar Marquina.

Problemática: Conducir en estado de ebriedad

Amigos, somos testigos que no respetamos las normas de tránsito, y está demostrado con los continuos accidentes que se producen casi a diario y esto debido a que el conductor de un vehículo se encontraba en estado de ebriedad.

En el Reglamento Nacional de Tránsito está considerado como una falta muy grave el conducir en estado de ebriedad y se complica si ocasionan un accidente de tránsito.

Con la intensión de dar una solución se ha establecido que se sancionará penalmente a todas las personas que conduzcan con presencia de alcohol en la sangre mayor a 0.50 gramos de alcohol por litro de sangre en el caso de vehículos particulares y 0.25 gramos de alcohol por litro de sangre en caso de conducción vehículos de transporte público.

CONDUCIR EN ESTADO DE EBRIEDAD

  • La multa es el 50% de la UIT, que en éste año le corresponde S/ 2,150.00.
  • Internamiento del vehículo.
  • Suspensión de la Licencia de Conducir por tres (3) años.

PENALMENTE (Peligro común)

  • Pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años

CONDUCIR EN ESTADO DE EBRIEDAD Y OCASIONAR UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO

  • La multa es el 100% de la UIT, que en éste año le corresponde S/ 4,300.00.
  • Internamiento del vehículo.
  • Cancelación e inhabilitación definitiva de la Licencia de Conducir.

PENALMENTE (Homicidio culposo)

  • Lesiones Graves: Pena privativa de la libertad entre cuatro y ocho años.
  • Muerte: Pena privativa de la libertad entre seis y doce años.
  • Muerte: Pena privativa de la libertad entre quince y veinte años.

Nuestra recomendación, si vas a conducir, no tomes; si vas a tomar, no conduzcas. Cambiemos de actitud. Respeta tu vida y la de los demás. Tomar y manejar no es accidente… es tu decisión.

Análisis & Opinión