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10 julio, 2025 1:05 pm

Senace aprueba sexto ITS de San Gabriel sin cambios en operación ni producción

El nuevo informe técnico sustentatorio permitirá ampliar los plazos de construcción de algunos componentes mineros, pero no modifica la vida útil ni la producción estimada del proyecto en Ichuña.

El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) otorgó la conformidad al sexto Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) del proyecto minero San Gabriel (Buenaventura), ubicado en el distrito de Ichuña. Este aval autoriza la ampliación de plazos de construcción de ciertos componentes y otras modificaciones menores, sin afectar los aspectos esenciales del proyecto.

Según lo establecido en el EIA-d aprobado, el proyecto San Gabriel mantendrá una vida útil de siete años, con una producción anual estimada entre 100,000 y 120,000 onzas de oro. El ITS, como instrumento de gestión ambiental, se emplea para evaluar impactos no significativos respecto al estudio original. En este caso, el sexto ITS contempla variaciones en los tiempos de construcción de la Planta de Shotcrete, el faseo de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Industriales (PTARI) de 60 litros por segundo, la ampliación del Depósito de Material Orgánico (DMO), la planta de agregados móvil, el uso de la cantera J6, el Stockpile y el DMI, entre otros.

Es importante precisar que la conformidad de este ITS no equivale a una modificatoria del EIA-d. Mientras el ITS permite ajustes menores dentro del marco ya aprobado —con un proceso de evaluación que suele demorar alrededor de seis meses—, una modificatoria formal del EIA-d implica una revisión profunda de la línea base social y ambiental, el desarrollo de ingeniería de detalle y la realización de nuevos procesos de participación ciudadana, lo que puede tomar varios años. Justamente este tipo de procedimiento ha sido planteado por representantes del distrito de Ichuña en la mesa técnica, al proponer la ampliación del área de influencia ambiental directa del proyecto.

HACER CLIC AQUÍ PARA VER LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 00071-2025-SENACE-PE/DEAR

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Análisis & Opinión